La Constitución del 63 y la Asamblea Revisora

La Constitución del 63 y la Asamblea Revisora

El profesor Juan Bosch era un gran admirador de la obra política y literaria del insigne maestro puertorriqueño Eugenio María de Hostos. La devoción del afamado político y cuentista por Hostos tuvo que haber contribuido al hecho de que en la Constitución de 1963 se contemplara la educación laica como fundamento doctrinario de la instrucción pública.

Esa Carta Magna le atribuía al Estado dominicano el derecho exclusivo de organizar, inspeccionar y vigilar el sistema escolar, en orden de procurar el cumplimiento de los fines sociales de la cultura y de la formación intelectual y moral de los ciudadanos, por lo que se constituyó en un motivo permanente de fricción entre el gobierno del presidente Juan Bosch y la alta jerarquía de la Iglesia Católica dominicana, y en uno de los factores causantes del golpe de Estado septembrino.

La Constitución de 1963 fue proclamada el 29 de abril de ese año por una Asamblea Constituyente cuyo miembros fueron elegidos en las elecciones del 20 de diciembre de 1962, los primeros comicios libres celebrados en el país después de la caída de la dictadura, y en los que resultaron electos a la presidencia y vicepresidencia de la República los señores Juan Bosch Gaviño y Armando González Tamayo, este último médico de profesión.

Nuestros Obispos consideraban que la Constitución de 1963 estaba privada de todo sentido espiritual, que retrocedía a las épocas en que la influencia demagógica había ahogado situaciones históricas concretas con principios llenos de errores y pasiones, y que desconocía los derecho de la Iglesia al no consagrar las relaciones entre ésta y el Estado, fijadas por el Concordato. Esos dignatarios eclesiásticos opinaban que la sociedad dominicana de esa época estaba muy convulsionada y que la situación en que se encontraba podría desaparecer si animados constituyentes de un alto espíritu de justicia revisaran nuevamente artículos ambiguos y confusos o sometieran la Constitución a un referéndum popular.

Para Bosch y sus partidarios se trataba de una lucha por la libertad e igualdad políticas contra el tradicional dominio exclusivo y autoritario por parte de un reducido grupo de tutumpotes. Para sus oponentes, no era más que un intento de convertir la República en una nación sin Dios y sin culto.

Mientras los colegios católicos se manifestaban en las calles y en las plazas públicas en contra de la enseñanza laica y organizaban mítines multitudinarios de reafirmaciones cristianas; mientras los líderes empresariales denunciaban en foros nacionales e internacionales las supuestas intenciones del gobierno de Bosch de implementar una dictadura de izquierda a imagen y semejanza de la Cuba castrista; los militares de la Base Aérea de San Isidro conspiraban para derrocar al gobierno legítimo, y no cesaron en sus empeños hasta deponerlo.

Hoy, asistimos a un drama parecido. Presionada por la alta jerarquía católica, la Asamblea Revisora de la Constitución acaba de aprobar en primera lectura un artículo que envuelve una prohibición tácita del aborto en cualquier circunstancia en que este se produzca. Una mayoría de asambleístas del partido oficial dio muestra de que no comulga con el agnosticismo hostosiano, ni mucho menos con el ateísmo que profesaba su líder. Pero, más decepcionante fue la actitud de los pretendidos legisladores socialdemócratas del PRD, que votaron por una disposición constitucional que limita los derechos de la mujer.

¿Cómo puede explicarse que dos facciones políticas como el PLD y el PRD que se creían tan incompatibles unificaran sus criterios para una reforma constitucional que apunta a ser una de las más retardatarias de la historia dominicana, cuando en buena lógica a proyectos políticos e intereses sociales enfrentados deberían corresponder visiones distintas del mundo?

Publicaciones Relacionadas

Más leídas