La Constitución, ley suprema, debe cumplirse y respetarse

La Constitución, ley suprema, debe  cumplirse y  respetarse

Luis Scheker Ortiz

Es imperativo y urgente abordar reforma del Código Penal con las 3 causales

La Academia de Ciencias de la República Dominicana (ACRD) fue invitada por segunda vez a la vista pública convocada para el lunes 26 de abril por la Comisión Especial de la Cámara de Diputados que estudia la reforma del Código Penal y su Art. 110 para la inclusión de las tres causales eximentes del aborto introducidas por el entonces presidente Danilo Medina Sánchez, que ha causado, desde entonces, más que un gran revuelo, un grave conflictos que con el tiempo se acentúa entre el movimiento feministas, grupos, instituciones y científicos que la respaldan junto a profesionales e intelectuales independientes y la alta jerarquía católica, las iglesias cristianas sus pastores y adeptos religiosos que dicen defender “el derecho a la vida” de un embrión prenatal que aún no ha fermentado a nivel de persona, con derecho subjetivo a la vida.

En la primera entrevista sostenida en marzo del 2019, la ACRD, acompañada de la “Coalición por los derechos y la vida de las mujeres” depositó ante esa Comisión un exhaustivo dictamen contentivo de 35 páginas, precedida de un Resumen Ejecutivo, donde se destaca, entre otras razones científicas comprobadas:

1. Los límites del derecho a la vida. 2. El principio de protección a la mujer embarazada. 3. La protección incremental. 4. Análisis de racionalidad de la criminalización del aborto: a) De la idoneidad. b) De la necesidad. c) De la proporcionalidad, en sentido estricto, y la inexigibilidad del embarazo en ciertas circunstancias y 5.

El acceso efectivo a la interrupción del embarazo en los casos no punibles. Esas tres causales y los derechos fundamentales de la persona debidamente protegidos por el Estado, conforme con la Constitución.

Concluye el referido dictamen con la Recomendación a la Honorable Cámara de Diputados, reformar el Art. 110 del Código Penal propuesto por la iniciativa legislativa No. 05538-2016-2020.CD, que introduce tres casos eximentes del aborto: 1º. Frente a riegos para la vida de la mujer; 2º. Malformaciones fetales incompatible con la vida extra uterina, diagnosticado por médicos competentes. 3º. Embarazos no deseados producto de violación sexual o incesto.

Mueve a profunda preocupación las últimas declaraciones del presidente de la Comisión Especial de la Cámara de Diputados cuando califica de show” la manifestación pacífica del movimiento feminista frente al Congreso Nacional, en pleno ejercicio de sus derechos constitucionales; como la incongruencia del diputado que aboga para que las tres causales del aborto “se estudien por separado para no retardar más la reforma del Código Penal, sin esas ataduras que es el gran problema”.

Precisamente por serlo es más imperativo y urgente no debe posponerse, sino abordarse de inmediato para “salir del problema”.

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