La igualdad en las ofertas de reformas tributarias

La igualdad en las ofertas de reformas tributarias

VÍCTOR L. RODRÍGUEZ
En un maravilloso libro de Maurice Joly, que se Titula «El Arte de Medrar» o «Manual del Trepador», que trata sobre la ciencia del ascenso económico, se señala, que cuando se mira el fondo del corazón humano sólo se encuentran instintos contrarios a la igualdad, y que estos son los más violentos, pues se llaman orgullo, envidia, egoísmo, intolerancia y pasión por gozar y por dominar.

El autor señala, sin embargo, que el apego del hombre a la igualdad es porque ven en ésta el primer titulo de sus pretensiones y el medio directo de elevarse por encima de los demás. Joly considera que estas aseveraciones aunque escandalicen a algunos cándidos, arrojan mucha luz sobre la política y la vida social.

En materia tributaria hay múltiples ejercicios donde se observa esa propensión del hombre hacia la consecución de la igualdad. Las propuestas tributarias o las ofertas de reformas tributarias, en lo que el economista Alan Peacok denominaría como el mercado político dominicano se ofrecen algunos elementos de equidad e igualdad, con objeto de justificar los cambios propuestos en el sistema tributario, que vienen dados por la demanda de reforma tributaria del gobierno y los organismos internacionales. Todos los agentes que representan a cada uno de los sectores que intervienen en la economía hacen su oferta en función de sus intereses individuales y de grupos, afinidades ideológicas y valores preferentes. Hay un arsenal de argumentos que buscan hacer aceptable cada propuesta de reforma tributaria como parte de los debates que se dan en un ámbito social que Maurice Joly define como un estado de guerra sujeto a leyes, aunque en nuestro país en muchos casos se prescinda de las reglas.

En nuestro caso el valor dominante es la igualdad, de acuerdo con este principio todos los bienes y servicios, incluyendo los de la canasta familiar, deben estar gravados, recibiendo el mismo tratamiento tributario con una tasa igual para todos. Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta deben tener la misma exención contributiva o mínimo no imponible con una tasa igual para todos, que los más aguerridos ubican en el 10%. Pero uno tiene que llegar a la conclusión de Maurice Joly de que la igualdad no entrega nada o casi nada de lo que promete.

Una de las cosas que se oyen en los campos académicos relacionados con los tributos es que cuando se propuso que las personas pagaran el impuesto sobre la renta con tasas progresivas, donde la proporción pagada como impuesto creciera en una proporción mayor que el crecimiento del ingreso, el fundamento era la utilidad marginal decreciente del ingreso. La utilidad que una lavandera sacaba de los RD$ 2,000 mensuales o RD$24,000 anuales se consideraba mayor que la utilidad que cada individuo que tuviera un ingreso de RD$2,000,000.00 o más, anuales, por sus ingresos adicionales o marginales.

Cuando se tiene mucho dinero se compra una casa, luego un vehículo y otro vehículo hasta llegar a 30 vehículos o más, la utilidad que se va obteniendo de cada vehículo adicional o marginal es menor, si decide montar por día un vehículo diferente, cada vehículo será usado 12 veces al año. Después de comprar 12 casas en cada uno de los puntos turísticos del país sólo puede vivir en cada una de ellas un mes en el año, mientras el resto del tiempo estaría ociosa.

La lavandera, en cambio, tendrá que gastar todos sus ingresos en su sustento y por más que estire el peso la utilidad que abstenga siempre será insuficiente quedando en el campo de las necesidades insatisfechas. En este orden, siempre se considerará mejor gravar con tasas progresivas a las personas que tienen mayores ingresos.

El criterio de la utilidad marginal decreciente como fundamento de la existencia de tasas progresivas se abandonó cuando los economistas llegaron a la conclusión de que no se podían hacer comparaciones interpersonales con relación a la utilidad. Porque un banquero al que uno de su sirviente le llevara el hielo al yate en la alta mar, en su helicóptero, podía considerar esto tan útil y relevante como puede considerar la lavandera la compra de pilas para su radio durante un apagón, y si la lavandera se podía morir de un infarto al no poder escuchar su radionovela favorita, eso mismo le podía suceder al banquero al beberse un whisky de 60 años a capela. En este caso las utilidades sustraídas de sus ingresos por la lavandera y el banquero se igualan, lo que no justifica la existencia de tasas progresivas.

La justificación de las tasas progresivas se dejó al campo de la filosofía y a la valoración que cada sociedad hace sobre la redistribución del ingreso. Los españoles establecieron la progresividad como principio constitucional para la conformación de su estructura tributaria, en cambio, los bolivianos, a mediado de los años 80s establecieron una tasa del 10% en su impuesto sobre la renta y las políticas distributivas dejaron la siembra de coca como medio de redención, para aquellos que quedaron excluidos de los beneficios de las políticas macroeconómicas, dando fin, como hemos observado, a los problemas económicos y sociales de Bolivia.

En nuestro país hasta nuestros queridos curas jesuitas, economistas y académicos consideran una barbaridad que los RD$24,000.00 de la lavandera constituyan la exención contributiva o el mínimo no imponible del Impuesto sobre la Renta, que en República Dominicana es igual para todos, sin importar su carga de familia y si tiene que mandar a sus hijos a la escuela para lo que requiere zapatos y ropas que pagan el Impuestos a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS). Pero la situación de la lavandera que puede presentar otras complicaciones, como que sea la jefa de hogar con hijos de un marido que nunca constituyó un premio de la lotería.

El mínimo exento es el límite inferior de la capacidad contributiva y esta capacidad comienza con el exceso de la renta mínima que permite cubrir las necesidades para la existencia física y un mínimo de necesidades culturales, que en este país no se consiguen con ingresos anuales de RD$ 24,000.00.

La otra igualdad es novedosa, que todos los bienes paguen ITBIS y que se reduzca la tasa de un 16% a números que van del 8% al 14%, aunque algunos consideran que con la misma tasa actual del 16% se puede ampliar la base del impuesto. Como todos los consumidores pagarán la misma proporción del ingreso que destinan al consumo esto convierte al ITBIS en un elemento de equidad e igualdad en la estructura tributaria. Pero en este caso, los economistas dicen, aunque no todos, que tal sentido de equidad no existe, porque la lavandera tiene una mayor propensión al consumo que el banquero.

Si de los RD$2,000,000.00 que gana el banquero el destina el 50% al consumo y el otro 50% los destina al ahorro pagará RD$ 140, 000.00 de ITBIS con una tasa del 14%. La lavandera como tiene que destinar todos sus ingresos al consumo porque no le queda nada para ahorrar pagará de ITBIS RD$3,360.00, que es el 14% de RD$24,000.00. Ahora bien, si dividimos los RD$140,000.00 que paga el banquero de ITBIS entre el total de sus ingresos (RD$ 2,000,000.00) la tasa de éste con relación a sus ingresos es de un 7%, mientras que la tasa que paga la lavandera, con la misma operación, respecto a sus ingresos totales es de un 14%. Todo esto indica que el ITBIS generalizado es un impuesto regresivo con respecto al ingreso, aunque es proporcionar con respecto al consumo, como la lavandera tiene que destinar todos sus ingresos al consumo porque lo que compra es para subsistir tendrá que dedicar una proporción mayor de sus ingresos al pago del ITBIS.

No fue Smith, ni Marx, ni Ricardo, ni Keynes, los que establecieron que el aporte de una lavandera era proporcionalmente más significativo, en el caso de los impuestos, que el de un banquero de altos ingresos. Jesús cuando hablaba de la ofrenda de la viuda estableció esta condición. Dice la Biblia: «Jesús estaba sentado frente al lugar de las ofrendas, y observaba cómo la gente iba echando dinero en el cofre. Muchos ricos depositaban en cantidad. Pero llego una viuda pobre que echó dos monedas de muy poco valor. Jesús llamó entonces a sus discípulos y les dijo -Os aseguro que esa viuda ha echado en el cofre más que todos los demás. Pues todos han echado de lo que les sobraba; ella, en cambio, ha echado de lo que necesitaba, todo lo que tenia para vivir.» (San Marco 12-41.). El aporte de una lavandera en el caso del ITBIS no es de lo que le sobra, y que puede destinar al ahorro, sino de lo que tiene para vivir, el dinero de su sustento.

Los cambios en la distribución del ingreso dados por la sustitución de un impuesto por otro, quedando el total de ingresos y de gastos constante, se examinan a través de lo que Richard Musgrave denomina incidencia diferencial. El Gobierno Dominicano pretende obtener unos 24,000 millones de pesos, sustituyendo la Comisión Cambiaria y otros impuestos arancelarios o sobre las importaciones, con impuestos internos, específicamente con el ITBIS. De este total indicado 21,000 millones de pesos corresponden a la Comisión Cambiaria. Esto significa que las personas que adquieran productos importados obtendrán ganancias, mientras que las que consuman productos nacionales tendrán pérdidas. De acuerdo con la propuesta que pretende gravar todos los bienes con un 8%, el que compra un Mercedes Benz tendrá una ganancia por la disminución de la tasa del ITBIS en un 50%, mientras el que compra una medicina exenta o alimentos tendrá una que pagar el 8%, lo que significa una perdida.

El autor es abogado,

victorroguez@yahoo.com

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