La JCE da luz verde para campaña de elecciones presidenciales y fija tope de gastos

La JCE da luz verde para campaña de elecciones presidenciales y fija tope de gastos

La Junta Central Electoral (JCE)

La Junta Central Electoral (JCE) emitió una proclama para abrir el camino para que los partidos políticos inicien su campaña para las elecciones presidenciales y congresuales del próximo 19 de mayo, con sus respectivos candidatos y candidatas, así como el tope de los gastos para esos fines.

La disposición, amparada en el artículo 20 de la Ley de Régimen Electoral 20-23, llama a los partidos, agrupaciones, organizaciones políticas y la ciudadanía, a que acudan a las urnas en dicha fecha, en horario de 7:00 de la mañana a 5:00 de la tarde.

Tope de gastos

La Junta indicó además que el «tope de gastos, aportes individuales y presentación de informe de ingresos y desembolsos. Los/as candidatos/as concurrentes a las elecciones generales ordinarias Presidenciales y Congresuales del 19 de mayo de 2024, deberán someterse al régimen de tope de gastos y de aportes individuales establecidos en los artículos 217 y siguientes de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, por tanto, deberán realizar un informe de ingresos y egresos a través de la cual se identifique el origen de los recursos y forma de gasto de estos».

Ingresos y desembolsos

Además, sobre los registros de ingresos y desembolsos, «todos los candidatos/as a cargos de elección popular para las elecciones generales ordinarias del 19 de mayo de 2024, deberán realizar los registros de todos los ingresos captados y desembolsos emitidos de sus operaciones durante el proceso de campaña electoral, mediante el Sistema Integrado de Fiscalización Electoral (SIFE), habilitado para tales fines por la Junta Central Electoral».

También, «los partidos, agrupaciones y movimientos políticos deberán depositar en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario a partir de la emisión de esta Resolución, el presupuesto general proyectado de los ingresos que captará y los gastos programados a ser ejecutados por la organización política durante el proceso electoral correspondiente, de igual manera depositarán también, el presupuesto proyectado de los ingresos que captará y los gastos programados a ser ejecutados por cada candidato/a; estas informaciones deberán ser reportadas a través del Sistema Integrado de Fiscalización Electoral (SIFE), diseñado para facilitar el cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 218 de la Ley núm. 20-23, de fecha 17 de febrero 2023».

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