La Junta Central Electoral y los padrones de los partidos

La Junta Central Electoral y los padrones de los partidos

Como organismo regulador, la Junta Central Electoral tiene la responsabilidad y el deber de establecer con claridad cuáles son las personas que forman parte de los padrones de los partidos, puesto que pueden tener listados que ni ellos mismos, a pesar de los adelantos de la informática, tengan conciencia de cuántas personas figuran en más de una organización política al mismo tiempo.

Para nadie es un secreto las divisiones o desprendimientos que se han producido en los partidos para posteriormente propiciar otras organizaciones; los constantes trasiegos de personas que pasan de uno a otro influenciados por el clientelismo, posibilidades de empleos o facilidades; por los esfuerzos de dirigentes y comités de base o como se llamen para inscribir nuevos miembros; por disgustos u otras razones, pero sin renunciar a sus organizaciones anteriores, sin determinar si pertenecen a otras, y sin notificarlo a la Junta Central Electoral.

Igual ocurre con las agrupaciones o partidos en busca de reconocimiento, a quienes se les exige una cantidad de firmas, ya que muchas de las personas que les ofrecen su respaldo por amistad o porque creen en la diversidad, probablemente pertenecen a otros partidos. Lo hacen sin tener conciencia de que nadie debe figurar en más de un movimiento o partido, porque no se ha creado conciencia sobre esa materia ni se ha reglamentado de forma clara.

Ni siquiera los nuevos miembros que dice la dirección del PRD que se están inscribiendo en su nuevo padrón podrían tener esa calidad, si antes la Junta Central Electoral no se percata de que no forman parte de otros partidos.

Resulta inconcebible que los partidos, sobre todo los mayoritarios, que reciben sumas millonarias, no tengan la obligación para reportar mensual o trimestralmente los cambios realizados en sus padrones por renuncias, sanciones o nuevas inscripciones; y peor aún, que el organismo regulador no se lo exija.

A la Junta Central Electoral le sería muy fácil detectar la duplicidad de membresía mediante un simple cruce de informaciones, y una vez realizado, declarar nulos como miembros de cualquier partido a todos los que aparezcan en más de un padrón. O sea, que para que un partido pueda admitir o considerar a alguien como miembro de dicha organización, con capacidad para ejercer sus derechos y cumplir sus deberes, no puede aparecer en otra organización, o tendría que, a partir de esa decisión, presentar la renuncia escrita de cualquier otra agrupación.

Mientras no se regularice esa situación, para lo que no se requiere una ley, los partidos estarán expuestos a situaciones confusas e irregulares en desmedro del sistema democrático. Por lo tanto, la Junta Central Electoral tiene la gran oportunidad de reglamentar y segregar de los padrones a todas las personas con doble filiación, y hacerlo ya. No importa si alguna organización protesta, en virtud de que la mayoría de sus miembros pudieran forman parte de otros, porque los ciudadanos sensatos y conscientes lo aplaudirán.

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