La Junta rechazó instancia de Milagros

<p>La Junta rechazó instancia de Milagros</p>

POR JUAN M. RAMIREZ
La Cámara Contenciosa de la Junta Central Electoral (JCE) rechazó anoche la instancia en impugnación y/o nulidad elevada por la doctora Milagros Ortiz Bosch contra tres resoluciones de la Comisión Organizadora de la Convención del Partido Revolucionario Dominicano (PRD).

Mediante esas tres resoluciones  el Comité Ejecutivo Nacional (CEN), la Comisión Política y la Comisión Organizadora de la Convención decidieron desestimar la contratación de una empresa privada para que audite el padrón y el escrutinio de la Convención, como estaba previsto en el Reglamento Electoral.

La JCE consideró que las resoluciones impugnadas no violan la Constitución de la República , la Ley, los reglamentos dictados por la JCE  ni los estatutos del PRD.

Los doctores Emmanuel Esquea Guerrero y Virgilio Bello Rosa, quienes representaron a la doctora Ortiz Bosch, solicitaron a los magistrados de la JCE declarar buena y válida en la forma la instancia en impugnación, y la nulidad de la tercera resolución emitida por el CEN el 27 de septiembre del 2006; la cuarta resolución votada por la Comisión Política el 22 de diciembre del 2006 del mismo año, y número 147/07 dada por la CON el 10 de enero de 2007.

Asimismo, pidieron ratificar “in extenso” el Reglamento Convencional aprobado por el CEN en su sesión del 27 de septiembre de 2006, así como la aplicación de la Resolución 70/06 aprobada por la CON el 26 de octubre de 2006, en la que se establece la contratación de la empresa auditora.

De su lado, los doctores Orlando Jorge Mera y Darío de Jesús, quienes ostentaron la representación del PRD, pidieron a los jueces de la JCE rechazar el pedimento de la doctora Ortiz Bosch, afirmando que dichas resoluciones están conformes a la Constitución, a la ley y a los Estatutos Generales del PRD, y “complementadas con la fiscalización y supervisión de la JCE al amparo del Reglamento para la Fiscalización y Supervisión de las Asambleas y Convenciones Electorales de los Partidos Políticos”.

Señaló que la decisión de no contratar la empresa auditora se adoptó luego de que la Cámara Administrativa de la JCE aprobara el referido Reglamento, y entender que la aplicación del mismo como parte del máximo tribunal de elecciones, garantizan la transparencia del proceso convencional perredeísta.

Durante los debates Esquea Guerrero y Bello Rosa justificaron sus argumentos en que la facultad de reglamentar en el PRD es exclusiva del CEN, y que las decisiones de la Comisión Política que fue la que modificó el Reglamento Electoral, no tenían vigencia hasta no ser ratificadas por el máximo organismo de dirección.

Bello Rosa advirtió sobre lo que podría ocurrir durante la Convención de mañana si la JCE no obtemperaba a la solicitud de la doctora Ortíz Bosch, y la  responsabilizó de cualquier situación en ese sentido.

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