La Ley 173 y los medicamentos

La Ley 173 y los medicamentos

POR ÁLVARO ANDÓN
En virtud del natural pataleo que está haciendo el equipo negociador norteamericano con respecto a la ley No.173 de Protección al Agente Importador y de la sobreprotección que se le quiere dar a la industria farmacéutica de ese país, debemos ser cautos y analizar cuales son las realidades en que deben basarse para tomar las decisiones correctas que al final afectarán a un grupo importante de empresarios locales y extranjeros.

Existen empresas locales que durante décadas han desarrollado exitosamente las marcas que representan, como también hay quienes coleccionan representaciones sin hacer ningún tipo de trabajo, y solo las tienen para venderlas al mejor postor o para que sus propietarios los indemnicen por un trabajo nunca realizado. En ambos casos, la ley contempla que es lo que se debe hacer, y lo más sensato es que quienes la administran la tienen que aplicar correctamente.

También, se podría actualizar la misma incluyendo la figura de la “co-distribución exclusiva” y hacer que tanto los plazos como las presentaciones de pruebas durante el arbitraje, sean ejecutados de forma más expedita para evitar que el proceso se convierta en un pleito tortuoso, para la parte que ha cumplido con lo contractualmente establecido o con lo que comercialmente es la norma internacional. Estos cambios a la ley, deben hacerse en el entendido que no se debe desnaturalizar el espíritu por la cual fue evacuada.

En cuanto a los medicamentos, se deben respetar las patentes por la inversión en investigación y desarrollo, lo que no se puede aceptar es el de rejuvenecer las que están caducas o en vías de vencimiento. En ese mismo aspecto, se deben contemplar las patentes obligatorias para medicamentos que procuren atender epidemias o que afecten de algún modo la salud de la población. Por último, no se puede pretender que en el área farmacéutica exista una libre importación de medicamentos, obviando el proceso establecido por la Secretaría de Salud Pública, y sin el debido control de los importadores, como si fueran prendas de vestir o de calzados lo que se pretende comercializar.

alvaro.andon@verizon.net.do
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