La ley 36

La ley 36

POR UBI RIVAS
El titular de Interior y Policía, doctor Franklyn Almeyda Rancier, concedió, el 26 de agosto último, el plazo de un mes a todos los que poseen tarjetas para poseer armas de fuego otorgadas por la secretaría de las Fuerzas Armadas, una versión que el anterior secretario de los institutos armados modernizó en vez del papel denominado formulario 25.

El formulario 25 es un documento mediante el cual lo institutos armados cargan determinadas armas a los miembros de esa institución, desde raso hasta el titular, y que desde los tiempos de la Era de Trujillo, y probablemente más atrás, se dispensan, además, a civiles vinculados a los gobiernos de turno.

Esto así, porque tanto los gobiernos como los institutos armados disponen de variopintos personajes que les sirven en varias áreas, en ciudades y zonas rurales, ora como alcaldes, ora como auxiliares de los organismos de inteligencia.

El doctor Almeyda Rancier, tenido como un talibán en el PLD y el país por aquella archifamosa expresión de quienes son y no son los corruptos en este ámbito que llamamos RD, alega, entre sus motivaciones para descarnetizar a los que poseen ese documento expedido por las FFAA, el alto incremento de hechos de sangre, ocasionados por 360 individuos que poseen armas de fuego.

Esa alta incidencia de individuos armados, acota el titular de Interior y Policía, tradujo 780 muertes en 2002 y en enero-octubre 03, un total de 713, un 74% por armas de fuego.

Sigue ilustrando Almeyda Rancier que el gobierno anterior autorizó 91 mil portes de armas de fuego, y que en el primer gobierno del PLD se autorizaron 16,980 permisos de armas de fuego.

Desde hace bastante tiempo, este servidor ha postulado en el sentido de que la ley 36 debe modificarse para que en lo sucesivo, se autorice únicamente la tenencia, nunca el porte, reservado éste exclusivamente a empresarios, hacendados, banqueros, que expongan una imperiosa necesidad de estar protegidos constantemente por los intereses y/o recursos que manejan.

Que en cada expedición de una licencia de tenencia de armas de fuego se realice un examen previo integrado por una comisión de siquiatras, que determine la evaluación que merece el solicitante el valor de una vida humana, además de los reales motivos que lo motivan a solicitar un permiso de tenencia, nunca porte, de armas de fuego.

Que ese examen deben iniciarlo el titular de las FFAA, los jefes de Estado Mayor de las tres armas, el jefe policial, todos los soldados y policías, porque bien se sabe que entre los militares y policías no cabe la excención de que no pocos no califiquen para poseer un arma de fuego, ni siquiera un tirapiedras, para dar el ejemplo desde las más altas instancias de poder, no solamente a toda la laya de pelafustanes, criminales potenciales y ocultos, que soliviantan un permiso a Interior y Policía para poseer un arma de fuego.

En realidad esos fueron los lineamientos primeros que entendíamos por donde debió empezar su acción profiláctica para controlar la posesión de armas de fuego y la expedición de nuevos permisos, y solicitar o remitir un proyecto de ley al Congreso para los fines citados, el doctor Almeyda Rancier, no comenzar confrontando a las FFAA que otorgan el formulario/carné 25 a quienes entienden prestan servicios irregulares desde siempre a los institutos armados.

Sobre todo, teniendo muy en cuenta que dentro de la vorágine que amenaza concluir con la partidocracia dominicana, la iglesia católica y las FFA son las dos instituciones que han permanecido intactas.

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