La ley contempla sanción penal para
directores escolares que expulsen adolescentes embarazadas

La ley contempla sanción penal para<BR>directores escolares que expulsen adolescentes embarazadas

POR LEONORA RAMIREZ S.
Los directores de escuelas y colegios que expulsen a las adolescentes embarazadas a causa de esa condición, pueden recibir sanciones de seis meses a  un año de prisión, explicó Tilza Ares, gerente general de la entidad.

Durante su participación en el Almuerzo del Grupo de Comunicaciones Corripio Ares expresó que  también se puede amonestar a un director si se retira a un estudiante por asuntos de discriminación, por falta de pago, o porque no tiene acta de nacimiento a los 6 años.

La funcionaria explicó que cuando un menor es afectado por una de esas medidas, sus familiares deben dirigirse a los departamentos de Orientación y Psicología y de Protección Escolar, de la Secretaría de Educación.

Por su parte, Alberto Padilla, gerente de políticas del Consejo Nacional para la Niñez (CONANI), expresó que la Ley 136-03 plantea la revisión de los aspectos relacionados con la disciplina escolar, y resaltó que una comisión hace las observaciones de lugar porque con algunas normas se maltrata a los estudiantes, cuando se trata de proteger a otros.

EMBARAZADAS DE LA CALLE

Kirsys Fernández, presidenta ejecutiva de CONANI, también cuestionó que directores de escuelas públicas o colegios expulsen a las adolescentes en gestación, pero con relación a las jóvenes en esa condición que estarían viviendo en las calles expresó que la entidad que dirige no tiene conocimiento de esa situación.

Sobre ese aspecto informó que se está diseñando, en coordinación con la Secretaría de Salud Pública, un programa de adolescentes embarazadas que tengan algún tipo de riesgo social, y que funcionará en Jarabacoa.

 «Las jóvenes en gestación que  hemos podido localizar están en las franjas de mayor pobreza y un nivel educativo muy bajo, no tenemos el dato de que hayan adolescentes embarazadas viviendo en la calle», precisó.

LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS

Cuestionada sobre los derechos y deberes de los niños, Fernández manifestó que según la Convención de los Derechos del Niño, de 1989, los éstos tienen derecho a una familia, a estudiar, a divertirse, a la salud, a opinar y a ser escuchado.

Ellos también tienen deberes, refirió, que deben reforzarse en el hogar y la escuela.

«Pero con relación a los niños de la calle se rompe el esquema de los derechos y deberes…pero claro que saben que tienen derechos y están tan conscientes que los que son utilizados como mulas para vender drogas les dicen a los policías que no pueden hacerles nada porque tienen 11 años».

Perfil de los menores en centros de acogida

Fernández expresó que los menores que están en los hogares de paso han sido violados, maltratados, o explotados sexualmente. Sobre ese aspecto dijo que CONANI tiene un lugar de acogida en el polo turístico de Boca Chica, donde se trabaja exclusivamente con los menores y adolescentes que han sido explotados sexualmente.

La funcionaria dijo que esos casos se detecta muy poco porque el proxenetismo es  una actividad criminal que se maneja discretamente, y solamente cuando se denuncia es que se puede descubrir porque en la mayoría de los casos quienes los explotan son los familiares.

Aunque se cree que en las zonas turísticas del país es donde más se registran esos casos, Fernández destacó que no hay datos concretos, «pero el explotador es el nacional y el consumidor es el turista».

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