La Ley de Partidos
implicaría avances

La Ley de Partidos<BR> implicaría avances

El proyecto de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas recién reintroducido en la Cámara de Diputados contiene importantes avances para garantizar la democracia interna, la elección de candidatos y para reglamentar las campañas electorales y garantizar la transparencia del financiamiento y el gasto.

Aunque fue aprobado por los diputados al finalizar la anterior legislatura, todavía se duda que pueda finalmente convertirse en ley un proyecto múltiples veces consensuado por dirigentes políticos y sociales y reiterativamente relegado a lo largo  de una década.

Objetivos de la ley

Tal como señala su artículo 1,  el proyecto “regula el ejercicio del derecho de todos los  ciudadanos y ciudadanas a organizar Partidos y Agrupaciones Políticas o formar parte de ellos, y establece las normas que regirán la constitución y reconocimiento, organización, autorización, funcionamiento, participación en procesos electorales, sanciones, y vigilancia de los Partidos y Agrupaciones políticas”. En gran parte ratifica el limitado ordenamiento contenido en la ley electoral vigente, pero también introduce múltiples regulaciones, especialmente para la elección de los candidatos, con votación primaria obligatoria.

No hay novedades en los procedimientos para fundar y registrar partidos y agrupaciones políticas, pero entre sus deberes se consigna que permitirán la fiscalización de sus eventos, libros y registros por parte de la autoridad electoral, que instituirán mecanismos para garantizar la democracia interna y la equidad de género en todos sus niveles estructurales y la representación de las minorías en la elección de sus dirigentes.

También estarán obligados a respetar el desarrollo, integridad e independencia de las organizaciones de la sociedad civil, a rendir cuentas e informar de sus actividades y actos administrativos, así como publicar informes financieros, incluyendo nóminas de contribuyentes en una página de Internet y cuando lo requiera cualquier interesado, a tenor de lo establecido en la Ley de Libre Acceso a la Información Pública, en tanto reciben financiamiento estatal.  Se establece un límite a las contribuciones individuales a partidos y candidatos, que no podrá ser superior al 3 por ciento del financiamiento público que reciba la agrupación durante un año. Instituye todo un régimen de contabilidad y supervisión, autoriza auditorías y obliga a informes periódicos. 

Así mismo el proyecto consigna la obligación de los partidos de fomentar la formación política y cívica de sus miembros y de la ciudadanía, para lo que deberán dedicar  por lo menos el 25 por ciento del financiamiento que reciban del Estado. Prohíbe a los partidos recibir deducciones de salarios de los empleados públicos o particulares y el uso en cualquier forma de los bienes y los fondos de todas las instancias del Estado.

Importantes reformas

Conlleva importantes reformas como la elección de senadores y diputados “mediante boletas separadas”, aunque mantiene la de síndicos, vicesíndicos y regidores “mediante boletas conjuntas”. Establece que los puestos de elección, excepto presidente y vicepresidente de la nación, corresponden de pleno derecho al partido que postula y lo perderían quienes se pasen a otra agrupación u organicen una nueva o si se declaran independientes o apoyan candidaturas de otra organización. Pero un electo no pierde el puesto si lo expulsan del partido, a menos que sea por condena judicial derivada de graves violaciones constitucionales o legales.

La ley garantizaría el derecho a encuestas o sondeos de preferencias electorales, incluyendo las realizadas a salida de urnas y los conteos rápidos, con la limitación de que sus resultados no se publiquen “mientras se esté votando”, lo que rompe una tradicional norma electoral dominicana que prohíbe difundir resultados que no sean los de la autoridad electoral.

Otras novedades del proyecto son que la Junta Central Electoral propiciará y reglamentará debates entre los candidatos en las campañas electorales, que no se permitirá la propaganda anónima o publicaciones en los medios de comunicación que no estén avaladas por firma responsable, y que los partidos y candidatos no podrán contratar publicidad en un mismo medio por más de 5 minutos diarios, lo que evitaría el virtual monopolio de emisoras de radio y televisión por los partidos que reúnen más recursos, especialmente en los finales de las campañas electorales.

El proyecto limita a tres meses los períodos de campaña electoral tanto para la elección primaria como para la general, garantiza la igualdad de condiciones, acceso y tarifas de los medios de comunicación para todos los partidos y candidatos en las campañas electorales. Prohíbe a todas las instituciones estatales realizar publicidad, propaganda o difusión de mensajes para apoyar, directa o indirectamente, candidaturas o partidos. Y faculta a la JCE a reglamentar la publicidad electoral, con cantidades y horarios.

Hay todo un capítulo dedicado al régimen penal para sancionar las violaciones a la ley de partidos, independientemente de las que correspondan penalmente, incluyendo prisión correccional de hasta un año y multas que pueden llegar al equivalente de 200 salarios mínimos, inhabilitación para ser candidato y hasta pérdida del derecho al financiamiento público.

Complicadas Primarias

Lo más complejo y extenso del proyecto es lo relativo a la reglamentación y realización de las precampañas y votaciones para elegir candidatos, de cuya organización y escrutinio  responsabiliza a la JCE, con el padrón de electores, en un mismo día para todos los partidos. Sólo el diez por ciento de las postulaciones podrán ser decididas por los órganos directivos.

La organización de las primarias por parte de la JCE persigue darle mayor garantía de equidad, lo que no deja de implicar una confesión de que los partidos no están en capacidad de respetar la democracia interna y la transparencia ni en su propio seno. Con el agravante de lo complejo que resultará un cómputo tan múltiple, ya que en cada partido habrá numerosos candidatos a cada cargo.  Igualmente complicada sería la boleta única que se instituye. Actualmente  hay 25 partidos reconocidos, asumiendo que sólo 10 lleven boletas propias, implicaría diez veces más candidatos a quienes contar votos que en una elección general, dónde sólo se escoge un senador, un síndico y un número limitado de diputados y regidores por circunscripción. En las elecciones del 2002 y 2006, únicas en las que ha regido el voto preferencial por los diputados, la JCE ha tardado varios días para concluir los cómputos.

El proyecto establece que a cada candidatura partidaria sólo podrá inscribirse un número no mayor del doble de los cargos a elegir, lo que en una circunscripción grande puede implicar 10 competidores para diputados y 30 para regidores, además de dos para senadores, síndicos y vicesíndicos, por cada partido. El límite de postulaciones puede determinar una pre-pre campaña en los partidos donde hay miles de aspirantes a cargos electivos, lo que complicaría el sistema electoral dominicano. Ese sistema de elección primaria requiere una logística muy grande y sólo funciona en naciones de fuerte institucionalidad democrática y donde hay pocos partidos, mayormente para candidaturas presidenciales. 

Un proyecto que ha tenido  un largo peregrinaje de diez años

El proyecto de ley de partidos ha tenido un largo peregrinaje de una década y con más o menos el mismo texto, que ha sido consensuado tres o cuatro veces tanto en el Congreso Nacional como en organismos estatales, con participación no sólo de los partidos políticos sino también de las principales entidades sociales que se preocupan por el régimen político. Esos proyectos han sido sometidos al Congreso por lo menos en seis ocasiones por legisladores de diversos partidos.

El primer anteproyecto de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas fue aprobado en 1999 tras un largo proceso de seminarios y consultas de la Comisión Presidencial para la Reforma y Modernización del Estado, dirigida por Onofre Rojas, en el primer gobierno del presidente Leonel Fernández. En el gobierno de Hipólito Mejía el Consejo Nacional de Reforma del Estado, dirigido por Tirso Mejía Ricart, actualizó el consenso con nuevas consultas.

El proyecto que conoce el Congreso mantiene casi el mismo texto de los anteriores y fue objeto de estudio por una comisión multipartidaria de diputados que lo retocó y recomendó que sea convertido en ley. Fue aprobado por la Cámara Baja la última semana de  la legislatura que concluyó el 16 de agosto. Perimió y fue reintroducido esta semana. Como ha ocurrido siempre, los que están en la oposición son los que impulsan su aprobación, ahora los perredeístas, mientras los que están en el poder tratan de darle larga.

Hace dos años fracasó todo un esfuerzo de la Junta Central Electoral por reglamentar lo concerniente a la campaña electoral y al financiamiento y se dijo que había que dejarlo a la ley de partidos y que no había tiempo para aplicarlo en los pasados comicios. Lo mismo se empieza a decir ahora. Es obvio que se acaba el tiempo para que pueda aplicarse la reglamentación de las elecciones primarias, pero no así los demás aspectos de la ley.  

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