La ley de pasantía médica debería derogarse

La ley de pasantía médica debería derogarse

La ley 46 o de pasantía médica fue promulgada el 11 de mayo de 1967 y modificada el 24 de mayo de 1972, en una realidad del país totalmente diferente a la que vivimos hoy día.

 Me refiero a que en esa época la población rural superaba dos a uno a la urbana; las vías de comunicación rural eran pésimas y en algunos lugares inexistentes; el país no contaba con los suficientes médicos de acuerdo a lo recomendado por la Organización Mundial de la Salud -OMS- de tener por lo menos uno por cada 10 mil habitantes; la Revolución Cubana estaba en auge y brindaban servicios médicos a toda la población con equidad y otras conquistas sociales que comenzaron a mortificar y modificar el pensamiento en otros países y gobiernos como el nuestro, con la finalidad de poder contrarrestar esas conquistas sin tener que llegar a la revolución; la Universidad Autónoma de Santo Domingo iniciaba su Movimiento Renovador donde se hacía énfasis en ofrecer una medicina social, entre otros factores.

La Ley 46 o de pasantía médica en el artículo uno modificado dice, cito: “Ningún médico graduado en una Universidad Dominicana reconocida por el Estado, podrá obtener el exequátur del Poder Ejecutivo sino después de haber realizado un internado de un (1) año, con retribución o sin ella, en hospitales del Estado o de sus organismos autónomos, donde recibirá entrenamiento en los cuatro servicios médicos básicos, esto es, Medicina General, Cirugía, Ginecología, Obstetricia y Pediatría. Sin embargo, en el caso de que una universidad dominicana incluya en sus programas de estudio de la profesión de medicina,  servicios y prácticas de igual naturaleza y duración que los requeridos para el internado  previsto por la presente ley, podrán considerarse  como equivalentes al mismo, previo dictamen favorable de una comisión que estará integrada por el Secretario de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, quien la presidirá, y por un representante de las siguientes entidades: Universidad Autónoma de Santo Domingo, Universidad Madre y Maestra, Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña, Inc., Asociación Médica Dominicana, Instituto Dominicano de Seguros Sociales, Asociación de Hospitales y Clínicas Privadas, el Director General del Cuerpo Médico de Sanidad Militar y la Academia Dominicana de Medicina.

 Párrafo II. El aspirante, después de haber cumplido dicho internado, deberá asimismo, realizar una pasantía de un año, en una localidad urbana o de la zona rural. Los médicos en pasantía que sean contratados, recibirán la remuneración de sus servicios”.

Hoy la población rural es mucho menor que la urbana y prácticamente es inversa que en la década de los setenta; el país está totalmente comunicado, y muchas de las clínicas rurales hoy en día deberían ser modificadas por clínicas más completas, y tenemos más médicos de lo mínimo recomendado por la OMS ya que contamos con dos médicos por cada 10 mil habitantes.

 ¿Por qué a los noveles médicos les exigimos un año de pasantía y no se hace lo mismo con otras profesiones dentro del área de la salud y fuera de ésta, si lo que se quiere es la cooperación al país de los recién formados cuando en realidad es obligación del Estado dominicano ofrecer servicios de salud de excelente calidad para todos?

¿Por qué se mantiene la inequidad de ofrecer salario a un reducido número de pasantes y la mayoría tiene que realizar su pasantía gratuita, prestándose esta práctica a favoritismo político?

¿No es ilegal que los pasantes atiendan a pacientes y receten medicinas por carecer de exequátur y sin supervisión?

Si queremos desarrollar el país, tenemos que suprimir esta ley y ofrecer salarios y otras facilidades adicionales a los que van a lugares remotos a brindar sus servicios.

¡Hay que hacer lo que nunca se ha hecho!

Publicaciones Relacionadas

Más leídas