La Ley de Transparencia permitirá a los contribuyentes ponerse al día con DGII

La Ley  de Transparencia permitirá a los  contribuyentes ponerse al día con    DGII

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) proclamó que con la aprobación de la Ley de Transparencia y Revalorización Patrimonial los contribuyentes tienen una excelente herramienta de facilitación y regularización de su situación fiscal.
Tras señalar que la aplicación del marco legal tendrá un impacto positivo para el país, resaltó las facilidades que, transitoriamente, ofrece la ley para que los contribuyentes puedan transparentar todos sus bienes no declarados y/o revalorizarlos de acuerdo con los precios actuales del mercado.

Entre las facilidades previstas en la ley, la entidad recaudadora citó la posibilidad de saldar deudas tributarias pagando el monto del impuesto y hasta un año de intereses, así como un plazo de 180 días para saldar el gravamen por activos no declarados.

Dijo que la posesión de moneda nacional o extranjera, instrumentos financieros, bienes muebles e inmuebles, corrección de inventarios, podrán ser considerados por los contribuyentes para su regularización, a través de declaraciones presentadas a la DGII, tan pronto la ley entre en vigencia.

También resaltó, como facilidad que los contribuyentes pueden aprovechar, el establecimiento de una tasa de tributación de 2% sobre el valor total de los bienes declarados voluntariamente, como pago único y definitivo.

Sostuvo que la Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, tipifica el delito tributario como infracción precedente de lavado de activos, por lo cual urgía la necesidad de ayudar a transparentar el patrimonio de los contribuyentes, poniendo a su disposición mecanismos de transparencia.
El mes pasado, el ministro de Hacienda, Donald Guerrero Ortiz, destacó que la ley funciona como un incentivo que normaliza las declaraciones de impuestos, tanto de personas físicas como jurídicas, para posibilitar que quienes hayan adquirido activos que no sean de fuentes ilegítimas o ilícitas puedan transparentarlos, incorporándolos a la declaración de impuestos con una tasa reducida.

Precisó que otorga al contribuyente un plazo para acogerse al régimen especial y voluntario, durante los cuales podrá presentar su solicitud de transparencia patrimonial, y establece otro plazo más “para que la DGII acepte, apruebe o posicione la aprobación”.

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