La Ley Nacional de Semillas y sus implicaciones

La Ley Nacional de Semillas y sus implicaciones

El proyecto de Ley Nacional de Semillas, de la autoría del senador Amílcar Romero, representante de la provincia Duarte y vicepresidente de Ferquido y que espera aprobación en la Cámara de Diputados, podría tener efectos negativos sobre la seguridad alimentaria, lo que ha generado un amplio rechazo entre los campesinos dominicanos.

En principio el referido proyecto establece controles estrictos sobre la producción, uso y comercialización de las semillas y plantea la creación de la Oficina Nacional de Semillas (ONASE), institución que centralizaría el control y la supervisión de las actividades de producción, comercialización, certificación y uso de semillas.

De los derechos de propiedad. De acuerdo con el Art. 14, para inscribirse en el Registro Nacional de Variedades la persona debe demostrar que su cultivo cumple con los criterios de distinción, uniformidad y estabilidad (DUE) establecidos por la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) y solo las semillas correspondientes a cultivos inscritos en este registro podrán comercializarse y certificarse. Estos criterios no permitirían el registro de las variedades utilizadas por los campesinos que reciclan y procesan sus propias semillas, pues no son homogéneas y distintas, situación que hace posible la expropiación.

En caso de que exista una variedad de la misma especie con igual nombre o con “similitud que induzca a confusión”, los derechos de propiedad sobre ella se otorgarían a quien la haya inscrito en publicación científica o en catálogo oficial o privado. Esto significa que si una variedad campesina tiene similitud con una variedad ya registrada, es muy probable que los derechos recaigan sobre quien registró, ya que la mayoría de los campesinos no mantiene catálogos ni publican en revistas científicas.

Sobre las variedades desarrolladas por instituciones públicas, el Art. 76 establece que estas podrán ser enajenadas, cedidas o licenciadas, con o sin retribución, a favor de personas o empresas que muestren interés. Sin embargo, en virtud de que el Instituto Dominicano de Investigaciones Agropecuarias y Forestales (IDIAF) ofrece a las empresas semillas básicas y certificadas de las variedades que genera, esta disposición resulta innecesaria. Lo único que cambiaría serían los derechos de propiedad, que pasarían a manos privadas.

De los inspectores y el análisis de semillas. Producir, sembrar, tener y comercializar semillas no registradas acarrearía amonestaciones, clausuras y decomiso de las semillas. Para fiscalizar el sector, la ONASE dispondrá de inspectores de semillas (Arts. 29-31) facultados para intervenir en cualquier parte del proceso de producción y comercialización. El Art. 86 contempla sanciones penales para los productores que no cumplan los criterios DUE y para quienes produzcan semillas sin registrarse.

La “puesta en circulación” de semillas no inscritas en el registro de variedades comerciales quedará prohibida. Así, un campesino que decida intercambiar con un vecino semillas producto de sus terrenos violaría las disposiciones de la ONASE e incurriría en sanciones civiles y penales, desde multas que pueden llegar a 250 salarios mínimos hasta un máximo de dos años de prisión.

Oligopolio y captura de mercado. El Art. 28 estipula que los organismos estatales tendrán la obligación de utilizar semillas certificadas en sus proyectos y programas, en especial los que brindan apoyo técnico y crediticio al sector agropecuario. Por lo tanto, un productor que trabaje con financiamiento del Banco Agrícola o del Fondo Especial para el Desarrollo Agropecuario estará obligado a usar semillas certificadas.

Solo las grandes empresas podrán suplir la demanda de semillas certificadas generada por la ley, lo que significa que podrá fomentarse un oligopolio en el mercado que aumentará los costos de producción, eliminará productores y encarecerá el precio de los alimentos.

Ordenamiento institucional. El proyecto de Ley de Semillas dispone que el Departamento de Semillas del Ministerio de Agricultura forme parte de la ONASE y se cree el Sistema Nacional de Semillas como un órgano paralelo al Sistema Nacional de Investigaciones Agropecuarias y Forestales (SINIAF). El SINIAF actualmente integra todas las instituciones y organizaciones públicas y privadas que realizan actividades de investigación o transferencia de tecnologías en el sector agropecuario.

El proyecto de Ley de Semillas establece que el Siniaf deberá mantener informada a la Onase de las investigaciones en las áreas de su competencia, pero no define si el rol de la Onase es investigar o limitarse a promover investigaciones privadas y públicas. Tampoco contempla un rol para el Instituto de Innovación en Biotecnología e Industria (IIBI) y las asociaciones campesinas.

El Instituto Dominicano de Investigaciones Agropecuarias y Forestales (Idiaf) será incluido en el Consejo Directivo de la Onase, cuando el Consejo Nacional de Investigaciones Agropecuarias y Forestales (Coniaf) es la institución que orienta el Siniaf, y por tanto al Idiaf, que quedaría como juez y parte dentro del Comité Técnico Calificador de Variedades, dado que es productor de semillas con la facultad de dictaminar la aprobación o el rechazo de las solicitudes de inscripción en los registros.

Conclusiones. Los llamados a adoptar semilla certificada surgen de la baja productividad de los cultivos dominicanos, que tiene causas complejas. A pesar de que las variedades campesinas pueden encontrarse mejor adaptadas a las condiciones locales, el almacenamiento inadecuado, los insectos, la exposición a temperatura y humedad excesivas causan problemas de calidad de la semilla.

Empero, la Ley de Semillas no es el instrumento idóneo para enfrentar la situación. Un sistema integral de semillas debe contemplar que la mayor parte del mercado se encuentra en la informalidad y que para obtener resultados verdaderamente transformativos se deben buscar salidas que integren a estos actores.

Esta ley crea una estructura que excluye a los pequeños productores agrícolas y no toma en cuenta las realidades de la ruralidad dominicana. De aprobarse, colocaría en la ilegalidad a la mayor parte de los agricultores del país y otorgaría un mercado cautivo a las grandes empresas.

Sería conveniente no apegarse rígidamente a los criterios DUE, que excluyen las variedades más diversas. Un ajuste de las normas permitiría la inscripción de más variedades locales, la entrada de actores más pequeños al mercado y la aplicación de métodos participativos de mejoramiento fitogenético que apoyen la producción de semilla artesanal.

En lugar de crear nuevas burocracias parece mejor hacer que las existentes funcionen eficientemente. El Siniaf requiere mayores recursos, nuevos laboratorios, más personal capacitado, etc. El 30% de los investigadores del Idiaf está cercano al retiro y no existen equipos investigadores multidisciplinarios.

En República Dominicana el 81% de los productores se considera unidades agrícolas familiares y en su mayoría poseen menos de 100 tareas. Sería sumamente difícil para estos productores cumplir con los requerimientos previstos en el proyecto de Ley Nacional de Semillas, que ofrece una estructura que se presta para numerosas depredaciones y la pauperización de los campesinos.

*La licenciada Fanny Vargas es coordinadora de la Unidad de Políticas Públicas OPD-FUNGLODE f.vargas@opd.org.do

 

Publicaciones Relacionadas

Más leídas