Empresarios afirmaron ayer que los clientes de los bancos no son esclavos de las hipotecas, ya que se eliminó la obligatoriedad de tener que volver a pagar impuestos si negocian su hipoteca con otra entidad bancaria, lo que a su juicio ejercerá presiones para que las entidades financieras bajen las tasas de interés.
El pasado ocho de junio de este año entró en vigor la Ley 182-09, que exonera el pago del 2% ad valorem referente a la inscripción de hipotecas establecido en el artículo 8 de la ley 173-07 sobre Eficiencia Recaudatoria para la reinscripción hipotecaria. Esa exención se aplicará siempre que se compruebe que el otorgamiento del préstamo hipotecario nuevo está destinado a saldar préstamos anteriores. La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) establecerá los mecanismos y procedimientos necesarios para facilitar las exenciones.
El presidente de la Asociación de Empresas Industriales de Herrera y la Provincia Santo Domingo (AEIH), Manuel Cabrera, y los empresarios Rafael Paz, Luis F. Rodríguez, Vilma Camilo de Gotz, Luwing García, Radames Ortiz y Elías Domínguez, miembros y relacionados de esa entidad, llamaron a las personas que tienen préstamos hipotecarios a utilizar ese derecho de manera que los bancos tengan que competir y ofrecer mejores tasas.
Citaron como ejemplo que ya ellos han solicitado la reinscripción de sus hipotecas, lo que a traído como resultado que les hayan ofertado mejores tasas.
Dijeron que las autoridades de la Junta Monetaria han anunciado medidas para favorecer que las tasas de interés para los préstamos bajen. Sin embargo consideraron que parece haber una doble moral en la banca comercial, que no acata ese llamado, por lo que habrá que tomar medidas para exigir que lo haga.
Sostuvieron que una real disminución en las tasas será la que estimule a los empresarios a idealizar mejores proyectos e invertir.
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Requisitos
Entre los requisitos para poder pedir la exención de impuestos están la certificación del banco o entidad de intermediación financiera, con la cual se haya suscrito el préstamo hipotecario anterior, que indique el balance pendiente de dicho préstamo, copia del nuevo contrato hipotecario e indicar que el nuevo préstamo se concerta para saldar la deuda anterior.