La muerte de Pechito

La muerte de Pechito

A nadie sorprendió la muerte de Pechito, Luis José León Estevez, el marido de Angelita, esbirro feroz de la Dictadura, era hombre muerto desde hace tiempo. Desde el momento en que, juzgado en contumacia, fuera  sentenciado  por el tribunal competente, debidamente apoderado del caso, a cumplir la pena máxima prevista en el Código Penal por numerosos crímenes  cometidos. La contumacia, definida como “la tenacidad de mantener un error”,  también sinónimo de rebeldía, era una figura jurídica muy confusa, de complicada aplicación, felizmente eliminada por el nuevo Código Procesal Penal.

Consistía en el conocimiento de una causa penal de aquellos implicados en  crímenes sancionados por la ley  que, concientes de su culpa y responsabilidad penal y civil,  se hubieran extrañado del país, poniendo pies en polvorosa para escapar del peso de la justicia,  no habiendo forma alguna de localizarlo, cumplido el intrincado mecanismo impuesto para su debida notificación,  por no tener domicilio conocido. El contumaz se había esfumado, se mantenía oculto durante todo el proceso, sin darle la cara a la Justicia y, con mayor razón, luego de conocerse la sentencia condenatoria que, por las  razones dichas,  tampoco había forma legal de notificársela. Así, taimadamente, deja pasar el llamado tiempo de olvido de la pena.

 El Ministerio Público ni los dolientes tomaron  acción legal para interrumpir la prescripción, y el contumaz, persistente en su error, (“ahí fue donde Dios puso”) se mantuvo en  rebeldía, consigo mismo y con la sociedad”, sin “ababacharse” de sus crímenes, como diría Max Uribe en sus sabrosas Notas y Apuntes Lexicográficos.

Lo que nunca he podido entender, como ciudadano ni estudioso del derecho, es cómo  un individuo cuyo caso ha sido debidamente ventilado por un tribunal competente, y condenado a cumplir una sentencia definitiva por graves crímenes, pueda quedar liberado  de culpas pasado el tiempo de una alegada prescripción. (Hay crímenes que no prescriben ni en la conciencia del criminal (Dostoievsky) ni en la conciencia colectiva agraviada, y espero que tampoco en el esperado Juicio Final.)

Este sujeto, que irresponsablemente  burló las disposiciones de la Justicia se ampara en ella, y se beneficia de repente con  un “No ha lugar” cuando,  tanto el juicio como  la condena que se le impuso sí hubo lugar; porque su caso fue conocido y juzgado  en un juicio público y contradictorio; se suministraron las pruebas pertinentes y fue  comprobada su imputabilidad y  responsabilidad por los crímenes  perpetrados. Dictada la sentencia, la misma devino definitiva, con carácter  irrevocable,  al no ser recurrida en ninguna otra instancia. Salir liberado con un “no ha lugar” en esas circunstancias, me parece y me ha parecido siempre una aberración judicial inaceptable.

Otorgarle la libertad a un tipo semejante para reintegrarlo a una sociedad que nunca le perdonó ni olvidó sus crímenes y su perversidad,  para  iniciar  una oscura vida con fingido arrepentimiento, me parece el colmo de la doblez moral y la hipocresía, aun cuando hubiera recibido  de manos de la santa iglesia católica, la sagrada hostia. Mas, no podía cargar con su culpa.

Por eso se suicidó.   

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