La no presencialidad, un llamado a la reorganización del sistema laboral

La no presencialidad, un llamado a la reorganización del sistema laboral

Teletrabajar es parte del futuro de las empresas en el país.

Para Jaime Senior, presidente de ANJE, lo más importante es garantizar la estabilidad jurídica, tanto para el empleado en modalidad remota, como de la empresa

El teletrabajo obligado por la pandemia de la covid-19, y posteriormente la adaptación al formato laboral mixto son parte de las nuevas formas de trabajar heredadas de la crisis sanitaria.

Y es que en 2020, el mundo laboral experimentó, con la crisis sanitaria, lo que se podría calificar como “un ensayo general” y aunque se dio en un contexto convulso, dejó experiencias muy positivas en el mercado laboral que se mantienen, como por ejemplo, la no presencialidad total en las empresas, y según apuntan varios estudios, su aplicación seguirá aumentando y se debe dar una reorganización del sistema de trabajo.

De acuerdo con una investigación realizada el año pasado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), hay una tendencia a consolidarse porque está funcionando, a pesar de que en la mayoría de los países todavía se ve como un valor positivo por sí mismo.

La presencialidad sigue siendo la modalidad más importante en el país.

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De acuerdo con Jaime Senior, presidente de la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE), el futuro del trabajo es el teletrabajo y es una realidad probada en República Dominicana, que demostró ser una herramienta esencial para aumentar la productividad impactando positivamente en la competitividad y sostenibilidad de nuestro país.

“No podemos dejar de lado que nuestro Código de Trabajo data del 1992 y no incluye la figura del teletrabajo. La práctica actual es que las empresas regulan esta modalidad mediante políticas internas o adoptan normativas internacionales, pero se precisa que haya una legislación que responda a las necesidades de las empresas dominicanas y se consensue entre todos los sectores”, aclara.

Así mismo, Senior afirma que hay una intención de regulación de este formato de emplear impulsada por varios sectores.

“En ANJE hemos analizado varios proyectos de ley que regulan el teletrabajo y consideramos que lo más importante es garantizar la estabilidad jurídica tanto para el empleado en modalidad remota, como de la empresa que se adhiere a esta”, asegura.

Mediciones

Encuesta de Medición del Comportamiento Económico de las MIPYMES 2022, realizada por ANJE, reflejó claramente las nuevas formas de trabajo que se están dando actualmente. Esta investigación asegura que al solicitar a los dueños de empresas la modalidad en la que se encuentra operando su empresa, respondieron lo siguiente:

Entre las modalidades de trabajo utilizadas por los encuestados en sus empresas destacan: 49% presencial, 44% mixta, es decir, teletrabajo y presencial y 7% netamente virtual.

Dificultades existentes

Esta investigación revela los principales retos para liderar el personal.

“Los mayores retos que han enfrentado los encuestados, en cuanto a lidiar con su talento humano, han sido la búsqueda de personal (62%), ausentismo por efectos de la pandemia (40%), retención de personal (32%) y las consecuencias psicológicas de la pandemia en los empleados (12%), entre otras (6%)”, refleja Encuesta de Medición del Comportamiento de las Mipymes 2022.

Nueva figura en el país

Pese a que el trabajo remoto o teletrabajo no es un concepto nuevo, a nivel local no se reconocía.
Luego de la experiencia de la pandemia, el Ministerio de Trabajo anunció, el pasado mes de noviembre, la emisión de la Resolución Nº 23/2020, que establece normas para la regulación del teletrabajo, considerando que esta es una modalidad de trabajo a distancia que amerita el uso de herramientas de tecnología de información y la comunicación (TIC) para un buen desarrollo y desempeño.

Esta normativa establece además que el teletrabajo deberá ser voluntario y estará condicionado a un acuerdo por escrito entre el trabajador y el empleador. De igual manera, estará sujeto a las disposiciones del Código de Trabajo, Ley 87/01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social y las demás normas que regulan el trabajo en el país.

Implicaciones

Cabe destacar que los teletrabajadores deben disfrutar de los mismos derechos y obligaciones que asisten a los empleados presenciales, establecidos en el Código de Trabajo, así como también tendrán derecho a la desconexión digital que garantice el respeto por el tiempo de descanso, permisos y vacaciones del empleado para mantener un balance de su vida familiar y laboral.

Avances en la normativa

El pasado mes de marzo, el Senado aprobó incluír el teletrabajo como modalidad en República Dominicana. Este proyecto modificaría la Ley 16-92, del 29 de mayo de 1992, que establece el Código de Trabajo.

Jaime Senior de ANJE.

La iniciativa, que fue presentada por los senadores Yván Lorenzo y Santiago José Zorrilla, tiene por objeto regular todo lo relativo al trabajo a distancia en el país, aplicable en todo el territorio nacional.

Efemérides: Día Internacional del Trabajo

Razón y origen
El primer día de mayo celebra el conocido ‘Día del Trabajador’. Se trata de un festivo nacional que conmemora los avances sociales obtenidos por los trabajadores desde finales del siglo XIX. Durante mucho tiempo congregó a grandes masas de obreros en largas manifestaciones.

¿Sabes cuál es su origen y su significado? El 1º de mayo tiene su origen a finales del siglo XIX, cuando los trabajadores hacían jornadas de 12 a 18 horas en el contexto industrial de grandes fábricas. En Estados Unidos, el movimiento obrero iba creciendo y reclamaba la máxima de “ocho horas de trabajo, ocho horas de descanso y ocho horas de ocio”.

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