La obligatoriedad de las primarias

La obligatoriedad de las primarias

Si el PRD necesita de unas primarias, porque  las considera necesarias para vadear su conflictiva interna, nadie puede impedírselo. Es más: es recomendable que las haga. Potenciaría la legitimidad de sus nuevos directivos y resolvería el “match” actual.  Y si eso vale para el principal partido de oposición,  vale también para los demás.

Pero de ahí a que mediante una ley se estipule que las primarias sean  el único mecanismo para la selección de sus candidatos, que sean obligatorias y que se realicen de manera simultánea, y organizadas por la JCE,  es muy diferente.

De que las primarias  tengan mayor potencialidad para obviar las imposiciones de las cúpulas partidarias, al promover el involucramiento de sus afiliaciones, es un planteo aceptable. Pero corresponde a cada partido establecer el sistema que crea conveniente, (la ley habla de convenciones), siempre que asegure transparencia. Implica por demás que las cúpulas respeten los resultados y no los trastornen  con  sustituciones,  ejecutadas y manipuladas por  sus secretarios. La JCE debe garantizarlo y así se establece en la ley.

Las leyes pretenden ordenar pero no pueden resolver problemas de institucionalidad, de cultura política y de maneras de hacer política. Es pura ingenuidad “iluminista” pretender hacerlo con constituciones  y normativas.

No se contribuye a la institucionalización de los partidos cuando, en vez de confrontarlos a sus propias tareas, se les pretenda  hacerles sus deberes. Eso es considerarlos incapaces.  Si los partidos no son aptos para dirimir sus propios conflictos, organizar en la práctica sus propias vidas internas, no es verdad que están en condiciones de resolver problemas que aquejan al país. Si son un dechado de violencias, de puños y armas, con heridos y muertos,   eso no se soluciona con leyes que perviertan el espacio, que como asociaciones,  les concede el mismo orden jurídico.     

La “ley de partido” no trata únicamente de las primarias internas. Reglamenta por igual otras importantes facetas: el financiamiento y control  de los recursos que los partidos reciben del Estado y de particulares; reglamenta las campañas electorales; la formación y constitución de agrupaciones ciudadanas en calidades de partidos. Incluso trata de las relaciones entre los legisladores electos y sus respectivos partidos.

Analizar, por  tanto,  una iniciativa de complejos alcances y objetos requiere especificar a cuáles se hace referencia. Y las dos principales  debilidades que se aposentan en el proyecto son la obligatoriedad de las primarias y  la propiedad partidaria de los escaños que también se pretende. Si ambos se mantienen a ley aprobada puede ser fácilmente dinamitada constitucionalmente. Las primarias obligatorias son inconstitucionales por sentencia de la Suprema Corte de Justicia del 16 de marzo de 2005.

El conflicto es endémico en la JCE. Por eso reaparece. Su presidente se enfrenta a su propia coherencia: antes de ocupar el cargo atacó con éxito su constitucionalidad; y no sólo porque aquella ley  no especificaba los recursos para llevarlas a cabo. Sabe de sobra que las objeciones fueron más profundas.  Si cambia de parecer, ahora, es otro asunto.   

En curiosa sintonía, posiblemente casual, entre los administrativos electorales y el partido opositor  (inicialmente sobre el  voto preferencial y ahora con las  primarias),  los primeros recogieron de prisa el grito aquel de “ansiedad” que expresaba cuán abrumados se sentían con las complicaciones agregadas a las próximas congresionales-municipales. Ahora, como por arte de magia,   se declaran aptos, en capacidad, con recursos y disponibilidad de tiempo para acometer la tremenda tarea que implica organizar esos eventos. Peculiar situación…

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