La Oficina Nacional de Estadística (ONE) y el Ejército de la República Dominicana (ERD) firmaron un acuerdo de colaboración interinstitucional, con el objetivo de producir informaciones estadísticas oficiales del sector Defensa, con calidad y transparencia, a fin de contribuir con las decisiones de políticas públicas y desarrollo nacional.
Atendiendo al acuerdo la ONE se compromete a desarrollar un diagnóstico de la producción estadística del ERD; así como el diseño e implementación de la Unidad estadística, tomando como base los resultados del diagnóstico y al modelo de las unidades de estadística de las entidades que forman el Sistema Estadístico Nacional (SEN).
La directora de la ONE explicó que en el convenio se contempla un plan de actividades formativas que responda a las necesidades del ERD, a fin de que pueda implementar exitosamente su plan de producción estadística.
“La ONE, cumpliendo con su rol de coordinar y promover el Sistema Estadístico Nacional (SEN), bajo una normativa común, brindará asesoría técnica para el diseño normativo, metodológico y conceptual de las estadísticas, como: metodologías, rediseño de formularios que permitan la recopilación, centralización y elaboración de datos, entre otros aspectos metodológicos y conceptuales necesarios para generar estadísticas de calidad”, sostuvo la licenciada Izquierdo.
De su lado, el comandante general del ERD., se comprometió a crear y fortalecer gradualmente la estructura estadística de la institución, para producir las informaciones estadísticas que demanda la seguridad nacional, en lo que respecta a los recursos necesarios en personal, equipo y capacitación, y según los modelos de estructura estadística recomendados por la ONE.
De igual manera, dijo que el Ejército de la República Dominicana suministrará a la Oficina Nacional de Estadísticas periódicamente los datos, registros administrativos y demás informaciones necesarias, siempre atendiendo al principio del “secreto estadístico”, en otras palabras, teniendo en cuenta que los datos o informes estadísticos que provengan de particulares serán considerados como confidenciales y utilizados únicamente en la elaboración de la estadística nacional.