La gloriosa Revolución Francesa de 1787 encabezada por tres titanes, Robespierre, Danton y Marat, comienza con la victoriosa toma de la Torre de La Bastilla, símbolo del poder imperial que da al traste con el régimen monárquico de Su Majestad Luis XVI, Rey de Francia, y al abusivo régimen feudal del medioevo.
A ellos podemos agregar Desmoulins, sin olvidar al temible y poderoso Saint -Just, de cuna humilde, quien desde lo alto de la tribuna del congreso solicita la orden de ejecución del rey y familia sin proceso, personificando, en las postrimerías del Gobierno del insobornable Robespierre, la “Era del Terror que hace temblar a Francia”.
Pero deseamos destacar, a propósito del tema escogido, la figura que engrandece a Louis Saint –Just, cuando electo presidente de la Convención convoca a la Asamblea Nacional para dar a conocer con su aprobación, su propuesta que revela “el verdadero espíritu de la Revolución Francesa: La Declaración de los Derechos Fundamentales de la Persona” que incluye, en uno de sus textos, la presunción de inocencia: “Toda persona tiene derecho a que se presuma su inocencia y a ser tratada como tal, mientras no se haya declarado su culpabilidad por sentencia irrevocable.”
Un verdadero hito en la historia universal que ha servido de ejemplo a los demás países democráticos del mundo, incluyendo los Estados Unidos. Ya nuestra Constituyente, en 1844, había incorporado ese sagrado derecho, desconocido por el fatídico Art. 210 impuesto por el general Pedro Santana, muy propio de gobernantes despóticos.
Siendo una mera presunción, pero presunción al fin nada es de extrañar que todo inculpado, no importa el cargo formulado en su contra se declare inocente. Procure un abogado y careciendo de recursos logra que se le asigne uno de oficio como demanda la Constitución.
Claro está, a mayor poder y pertenencias, menor grado de credibilidad lo que hace indispensable la contratación de prestigiosos bufetes de abogados duchos y notables, bien gratificados por su oficio.
En todo caso, la carga pesada la lleva el Ministerio Público, comprometido con la Verdad y la Justicia. No solo le corresponde investigar, buscar y someter pruebas contundentes (con frecuencia ocultadas o desaparecidas no por casualidad).
También le toca estudiar seriamente y prepararse para contrarrestar y destruir los argumentos, argucias e impugnaciones que utiliza como medio de defensa su opositor para sacar a su cliente libre de toda culpa, debiendo el tribunal apoderado del expediente actuar con serenidad, honestidad y justicia, valorizar su dictamen que justifique la sentencia definitiva dada, no irrevocable.
El proceso parece no tener fin. Es largo y tedioso. El juicio luce interminable. Táctica de los abogados “atrapados y sin salida”. Se valen de todos los medios a su alcance apostando al olvido, a algún evento o eventualidad afortunada, que le favoreciera. El caso Dreyfus. Un militar inocente infamemente acosado por sus superiores, es condenado a 20 años de prisión y sufre cárcel, hasta que Emile Zola en su libro “Yo Acuso” logra su libertad y lo reivindica ante la historia.
La declaración de derechos de la persona engrandece a Louis Saint –Just
Toda persona tiene derecho a que se presuma su inocencia
En todo caso, la carga pesada la lleva el Ministerio Público