La presunción de inocencia

La presunción de inocencia

POR JUAN BOLÍVAR DÍAZ
El presidente de la Suprema Corte de Justicia, doctor Jorge Subero Isa, nos ha recordado recientemente un principio jurídico que es parte de los códigos internacionales sobre derechos humanos y hasta de textos constitucionales, según el cual todo acusado de un delito es inocente hasta que se le pruebe lo contrario en un juicio imparcial, público y contradictorio con garantía de defensa.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos establece en su artículo 8, numeral 2, sobre Garantías Juidiciales,  que «Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad.»

Según el doctor Juan Manuel Pellerano Gómez, en su obra Constitución y Política», la presunción de inocencia es un derecho constitucional implícito, que es una aplicación del principio general favori rei  que rige las soluciones del derecho procesal penal moderno, según el cual toda persecución y el proceso subsecuente parten de la inocencia del inculpado y nunca de su culpabilidad, presunción que mantiene su vigencia hasta tanto intervenga una decisión con la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada…».

El recordatorio es válido, particularmente para los periodistas que con frecuencia nos constituimos en jueces y damos por condenados a simples acusados, a menudo sin que los acusadores tengan siquiera indicios suficientes de culpabilidad.

Pero debe tenerlo en cuenta toda la sociedad dominicana, ya que aquí no solo se justifica la condena a priori de los sospechosos, sino que una gran proporción avala los fusilamientos sumarios que practican en todo el país con frecuencia cada vez más alarmante simple agentes policiales.

Ciertamente que el recordatorio del magistrado Subero Isa no se ha producido por los cientos de muchachos delincuentes o principiantes de la delincuencia, y también muchos verdaderos inocentes, que han sido asesinados en los últimos años dentro de esa labor de profilaxis social que ejerce la Policía Nacional, sin que ni siquiera los religiosos levanten su voz de condena, aunque uno de ellos mismos, el padre Tineo, fue ultimado al ser confundido con alguien que «merecía morir» porque acababa de asesinar a su esposa.

La llamada de atención se ha producido en defensa del derecho de las cuatro o cinco personas sometidas a la justicia por los tres fraudes bancarios que han costado a la nación cerca de cien mil millones de pesos, ninguna de las cuales guarda prisión.

El recordatorio es válido también para las más de 13 mil personas, casi todas pobres y con escasos medios de defensa, que sí guardan prisión en las cárceles del país, muchas de ellas durante años, sin que se les haya concluido un juicio. Si se les presume inocentes, habría que buscar la forma de que esperaran por la lenta justicia en sus respectivos hogares.

Pero evidentemente la justicia es clasista y sólo está hecha para los pobres. En este país es muy difícil encontrar a un rico en la cárcel, tal vez porque existe la presunción de que el adinerado jamás delinque, sólo comete errores. Aunque los mismos, como las quiebras fraudulentas de bancos y financieras, hayan afectado gravemente a miles de personas o hayan hundido la economía nacional.

Independientemente de esas consideraciones, tenemos que prestar atención al recordatorio del magistrado Subero. Sin discriminaciones ni privilegios. Porque con frecuencia tenemos nuestros delincuentes e inocentes favoritos.

Por ejemplo, aquí se condenó hasta la saciedad a un director de Bienes Nacionales que vendió solares subvaluados por 8 millones de pesos, pero muy pocos han levantado la voz para hacer lo mismo con quienes han defraudado al Estado con cientos y hasta miles de millones de pesos. Muchos de los que gozaron condenando al coronel Pepe Goico cuando se le acusó a haber gastado 60 millones de pesos con una tarjeta que pusieron a su nombre, son de los que reclaman el principio de inocencia para los que emitieron esa tarjeta y dispusieron de miles de millones de pesos ajenos que ahora estamos pagando todos los dominicanos y dominicanas.

Para los periodistas el principio de la presunción de inocencia implica graves responsabilidades. Porque es válido y de la más pura y acendrada justicia. Pero tampoco puede inhibir la responsabilidad de denunciar todo delito, especialmente los que repercuten sobre la vida de la colectividad, como aquellos que se cometen contra el patrimonio público o contra los bienes e intereses de grandes núcleos sociales.

Las informaciones y consideraciones sobre delitos de repercusión colectiva, de cualquier género, con nombre y apellido están justificadas cuando se avalan en documentación incontrovertible, de origen público o privado, pero siempre hay que dejar a los tribunales el establecimiento de las responsabilidades.

No se debe condenar a los acusados, pero sí el delito comprobado, sea este un crimen, una estafa o una apropiación ilegal. Sin discriminación. Triste e inútil sería el papel de los comunicadores sociales si se limitaran a informar. Sobre todo en una sociedad infectada de corrupción, donde los delincuentes de cuello blanco tienen tanto poder económico y social para reclamar y lograr impunidad. Y lo hacen a través de los mismos medios de comunicación.

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