La prevención de riesgos debe cubrir  a   migrantes

La prevención de riesgos debe cubrir  a   migrantes

      Quienes trabajan en el sector construcción,  desde pequeñas obras hasta grandes proyectos de ingeniería,   deben ser dotados previamente de   permisos y  recibir   el  adiestramiento necesario para reducir los riesgos laborales en la mayor cantidad posible.

 Esa prevención de riesgo debe contemplar de igual manera, la seguridad de  los trabajadores dominicanos que ofrecen  sus servicios como albañiles, carpinteros y electricistas, así como  de los trabajadores extranjeros que ejecutan las labores más rudas  en una obra de ingeniería.

“Cualquier  persona, sea del país o migrante, tiene que tener ese  requisito y esa protección  para poder acceder a un trabajo”, afirmó Antonio Rodríguez de Prada, consejero del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo,  de España, posterior a su participación  como conferencista en el IX Congreso de Copardom: “La Administración de Riesgos Laborales como estrategia de Competitividad”.

Explicó que el  primer paso que debe  dar el Estado en ese sentido es eliminar  la subcontratación y exigir un registro legal al constructor para poder operar.   Recordó que en otros países, como España por ejemplo, un subcontratista  debe estar registrado como empresa autorizada y  cumplir  con las normativas laborales para poder contratar los servicios de otras personas.

“Se considera que incurren en delito de riesgo  quienes, infringiendo la normativa de prevención, pusiesen en peligro la vida o la integridad física de sus  trabajadores”, explicó. 

Retos para el país.   En materia de prevención de riesgos laborales el país tiene como  reto fortalecer el papel de los interlocutores sociales y la implicación de los empresarios y trabajadores en la mejora de la seguridad y salud en el trabajo.

De acuerdo al especialista,  la  formación en riesgos laborales no representa ningún gasto para el empleador, porque lo que invierte  en prevención lo ahorra  en accidentes. 

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Responsabilidad civil

Cuando por incumplimiento de una obligación de naturaleza preventiva se deriven daños o perjuicios para un tercero, nace la obligación de resarcimiento de tales daños. Como la Prevención de riesgos laborales no contiene una regulación específica,  es necesario recurrir al Código Civil.

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