Quienes trabajan en el sector construcción, desde pequeñas obras hasta grandes proyectos de ingeniería, deben ser dotados previamente de permisos y recibir el adiestramiento necesario para reducir los riesgos laborales en la mayor cantidad posible.
Esa prevención de riesgo debe contemplar de igual manera, la seguridad de los trabajadores dominicanos que ofrecen sus servicios como albañiles, carpinteros y electricistas, así como de los trabajadores extranjeros que ejecutan las labores más rudas en una obra de ingeniería.
Cualquier persona, sea del país o migrante, tiene que tener ese requisito y esa protección para poder acceder a un trabajo, afirmó Antonio Rodríguez de Prada, consejero del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, de España, posterior a su participación como conferencista en el IX Congreso de Copardom: La Administración de Riesgos Laborales como estrategia de Competitividad.
Explicó que el primer paso que debe dar el Estado en ese sentido es eliminar la subcontratación y exigir un registro legal al constructor para poder operar. Recordó que en otros países, como España por ejemplo, un subcontratista debe estar registrado como empresa autorizada y cumplir con las normativas laborales para poder contratar los servicios de otras personas.
Se considera que incurren en delito de riesgo quienes, infringiendo la normativa de prevención, pusiesen en peligro la vida o la integridad física de sus trabajadores, explicó.
Retos para el país. En materia de prevención de riesgos laborales el país tiene como reto fortalecer el papel de los interlocutores sociales y la implicación de los empresarios y trabajadores en la mejora de la seguridad y salud en el trabajo.
De acuerdo al especialista, la formación en riesgos laborales no representa ningún gasto para el empleador, porque lo que invierte en prevención lo ahorra en accidentes.
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Responsabilidad civil
Cuando por incumplimiento de una obligación de naturaleza preventiva se deriven daños o perjuicios para un tercero, nace la obligación de resarcimiento de tales daños. Como la Prevención de riesgos laborales no contiene una regulación específica, es necesario recurrir al Código Civil.