La Procuraduría revoca libertad Alvarez Renta

La Procuraduría revoca libertad Alvarez Renta

POR FERNANDO QUIROZ
El procurador general de la República revocó ayer la excarcelación por problemas de salud del consultor empresarial y ex diplomático Luis Álvarez Renta, la que había sido dispuesta hace poco más de un año, tras considerar que en ese caso se violó el Código de Procedimiento Criminal.

Álvarez Renta fue arrestado el 18 de junio del 2003 y sometido a la justicia por el entonces fiscal del Distrito Nacional, Máximo Aristy Caraballo, quien lo vinculó a la denunciada quiebra fraudulenta del Banco Intercontinental (BANINTER), que involucró RD$55,000 millones.

El procurador Francisco Domínguez Brito informó ayer que evaluó los informes clínicos de los médicos Ángel Contreras y Fernando Contreras, del 27 de junio y 13 de julio del 2003, respectivamente, y dio a conocer el auto de revocación a las 5:00 de la tarde de ayer.

Argumentó el procurador que para la excarcelación de Álvarez Renta sólo se tomó en cuenta las ponderaciones de dos médicos privados sin hacer referencia a la necesaria homologación de esos resultados por un médico legista, para que la evaluación pudiera tener valor jurídico.

También, que la excarcelación viola el párrafo primero del artículo 419 del Código de Procedimiento Criminal, al poner la custodia del recluso en manos de su hija Carlina Álvarez Araujo, en vez de la vigilancia de la Policía Judicial.

La excarcelación de Álvarez Renta fue dispuesta el 15 de agosto del 2003 por el entonces procurador Víctor Manuel Céspedes Martínez. La solicitud la hicieron dos días antes los abogados del economista Eric Raful y Ángel Delgado Malagón.

Por el caso BANINTER fueron sometidos a la justicia su presidente Ramón Báez Figueroa, y los vicepresidente de la disuelta entidad, Vivian Lubrano de Castillo y Marcos Báez Cocco. Todos están en libertad.

Los abogados de Álvarez Renta llegaron a declarar a la prensa que su representado fue sometido a estudios médicos en el Massachussets General Hospital, donde le reportaron «cicatriz en la pared posterior del miocardio, insuficiencia iricuspídea en arterias coronarias y evidencias de miocarditis».

PRESUNCIÓN DE INOCENCIA

“Con la presente revocación de la libertad del nombrado Luis Rafael Álvarez Renta y en respeto al principio de presunción de inocencia, la misma queda condicionada a la decisión de la Cámara de Calificaciones que se encuentra apoderada del conocimiento, en grado de apelación, de la decisión emanada del Juzgado de Instrucción de la Séptima Circunscripción del Distrito Nacional, que otorgó auto de no ha lugar a la persecución penal en su favor», expresó el procurador. 

ABOGADO

Ángel Delgado Malagón, uno de los abogados de Álvarez Renta, calificó de sorpresiva la decisión del procurador Domínguez Brito, pero cree que no hay posibilidades de reingresar su defendido a prisión por estar favorecido por un de no ha lugar.

En caso que la Procuraduría disponga el reapresamiento de Álvarez Renta, estaría cometiendo un abuso de autoridad, consideró Delgado Malagón.

Álvarez Renta «está en este momento amparado por la presunción de inocencia y con auto de no ha lugar que le descarga de toda prevención en el expediente», sostuvo.

Agregó que la instrucción que hizo el juez a través de todos los interrogatorios reveló que no hay ningún tipo de vinculación de Álvarez Renta con el caso BANINTER.

EL PROCURADOR

Entre los argumentos señalados por el procurador Domínguez Brito figura que «el artículo 419 en la parte infine del párrafo primero, se establece que no podrá el preso circular fuera de la casa o el establecimiento en que encuentra sino lo indispensable para sus diligencias relacionadas a su curación, estableciéndose claramente que el preso continuará bajo la más estricta vigilancia de la Policía Judicial».

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