La Reforma de la Constitución

La Reforma de la Constitución

LEANDRO GUZMAN
La anunciada posibilidad de una nueva reforma a la Constitución de la República abre otra vez un debate público sobre un delicado tema. En esta ocasión se comenta que es «para adecuarla al proceso de desarrollo», aunque muchos sospechan -quizás equivocadamente- que lo que realmente se persigue son otros fines que nada tienen que ver con eso.

Pero, de todos modos, la reforma constitucional no es un tema nuevo, aunque siempre que ha sido modificada ha sido por cuestiones políticas coyunturales. En esta ocasión, las voces que respaldan la modificación giran alrededor de la necesidad de cambios fundamentales en nuestra Carta Magna, acorde con los tiempos que corren.

Siempre que sea así, todos parece muy bien, aunque es bueno decir que desde hace mucho tiempo se ha planteado que sea una Asamblea Constituyente, específicamente designada, la que introduzca los cambios, en lugar de la Asamblea Nacional integrada por los actuales senadores y diputados, que si bien representan partidos políticos, no constituyen la voluntad mayoritaria del país. La Constituyente no es más que una representación escogida directamente por el pueblo con la misión exclusiva de reformar la Constitución. Terminada su tarea, queda disuelta. Naturalmente, es de suponerse que los miembros de la Constituyente son ciudadanos honorables, conocedores de la materia a tratar y que no deberían tener compromisos con los partidos políticos existentes.

La primera Constitución de hace 160 años fue aprobada por una Asamblea Constituyente, algo que también fue un anhelado deseo de aquella pléyade de jóvenes que llegaron al país al frente de la gloriosa expedición del 14 de junio de 1959, para combatir armas en mano a la funesta tiranía de Trujillo.

En efecto, el párrafo C) del aspecto político del Programa Mínimo del Movimiento de Liberación Dominicana planteaba «convocar dentro de un término prudencial una Asamblea Constituyente, elegida por medio del sufragio universal, directo y secreto, encargada de elaborar la nueva Constitución de la República, con sujeción a los principios que rigen la concepción de la organización democrática del estado e inspirada en los postulados de la justicia económica y social».

Los que han hablado de la reforma que se persigue ahora en ningún momento se han referido al antidemocrático artículo 55 actualmente vigente, que otorga poderes casi dictatoriales al Presidente de la República, una versión más sofisticada del famoso artículo 210 que permitió al general Pedro Santana hacer lo que le dio la gana durante su ejercicio, sin que tribunal alguno le saliera al frente.

Esas mismas voces «reformadoras» tampoco han mencionado las trabas existentes para una participación más democrática del pueblo a través de lo que se llama «referéndum», que no es más que la votación que realizan todos los ciudadanos para aprobar o rechazar una medida propuesta por los poderes públicos, es decir, principalmente el Ejecutivo o el Congreso. Si en la última reforma se hubiera consultado al pueblo acerca de la reelección, mediante un referéndum, es coste seguro que el resultado habría sido de absoluto rechazo, tal como lo demostraron las elecciones generales celebradas posteriormente.

No han hablado de la posibilidad de establecer la figura del plebiscito, que en Derecho Constitucional es el procedimiento que le permite a un político en el poder, solicitarle al conjunto de ciudadanos que le manifiesten su confianza con su votos. La tradición es que los que gobiernan siempre han decidido cuestiones fundamentales para la vida de la República sin consultar al pueblo, tal como se estila desde hace mucho tiempo en aquellas naciones donde el plebiscito es una realidad.

El respeto a la voluntad de las minorías es otro factor a determinar en cualquier modificación constitucional. No es posible, por ejemplo, que se pierdan cientos de miles de votos de un partido minoritario, logrados a nivel nacional, por el simple hecho de que no haya logrado una cantidad dada en una provincia específica para lograr un senador o un diputado. Esa es una situación excluyente que hay que estudiar para buscarle una solución y adecuarla, como se dice ahora, a los nuevos tiempos, cuando las minorías comienzan a ser respetadas al ser consideradas partes importantes de los pueblos, por las razones que sean.

El pueblo consciente debe respaldar una reforma constitucional que fortalezca la democracia, tomándolo en cuenta como actor fundamental. Sin el concurso del pueblo, todo lo que se diga es pura demagogia.

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