Constitución Dominicana. Artículo 63.- Derecho a la educación. Toda persona tiene derecho a una educación integra, de calidad permanente en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones.
De este artículos y sus trece numerales siguientes, más las leyes que fortalecen este derecho fundamental, son la coraza que el legislador ha creado para que nadie atente contra la educación.
El Tribunal Constitucional rechazó un recurso de revisión y suspensión del fallo de 2017, incoado por la Asociación Dominicana de Profesores (ADP), filial Barahona. Posteriormente, los maestro realizan una rueda de prensa citando que no estarán en disposición de cumplir con dicha decisión, que seguirán orquestando los paros de docencia que como bien cita la constitución, es una violación al derecho de la educación.
Luego de la aplicación del 4%, los profesores han sido beneficiados con un alza en sus ingresos salariales de hasta un 250% y las demás inversiones han sido destinadas en las construcciones y refozamientos de los recintos escolares en la famosa y exitosa política de estado, del presidente Danilo Medina, “LA REVOLUCIÓN EDUCATIVA”, donde el desarrollo de esta política es conocido por todos los dominicanos, y hasta por gobiernos extranjeros que han requerido asesoría para emular dicha política.
La Asociación Dominicana de profesores (ADP), tiene que dejar esos métodos arcaicos de presionar el estado, deben de tener muy fresco en su memoria que el muro de Berlín cayo en el 1989, y se dio inicio a la era del conocimiento democrático. Esos métodos en vez de ganar simpatías, lo que provoca son disgustos y cuestionamiento en el mundo digital de hoy.
Los profesores son irresponsables cuando en sus ´´luchas´´ afectan directamente a las verdaderas víctimas de estos actos “LOS ESTUDIANTES”, violan los derechos fundamentales de niños y niñas, jóvenes y adolescentes con sus llamados a paros.
Es tiempo de que el estado en conjuntos de la justicia (MINISTERIO PÚBLICO) den precedentes, sometiendo a quienes incurran en inclumplimiento de la Ley. Por que usted como empleado público, y en este caso hasta privado, cuando no se ofrece el servicio para el cual ha sido contratado y evaluado por un órgano del estado, está incumpliendo la ley, por ende debe de ser sancionados. Recuerde la educación es un derecho fundamental en nuestro país.
¡Llevemos sistemáticamente a varios líderes de la ADP ante la justicia por atentar contra el derecho fundamental a la educación y verán como estos chantajes irán mermando hasta llegar a su fin!