Lapsus gubernamentales que peligran la inversión extranjera

Lapsus gubernamentales que peligran la inversión extranjera

Primera. caída: Minería en Loma Miranda. El Acuerdo firmado en fecha 15 de diciembre de 1969, entre Falconbridge Nickel Mines Ltd., Armco Steel Corp., Loma Corporation y el Estado Dominicano, permitía la ejecución de labores de minería a éstas transnacionales, en un área de aproximadamente 80,000 hectáreas entre las provincias de La Vega y San Cristóbal, dentro de esta enorme concesión se encontraban las lomas denominadas: a) Loma Peguera, que es donde actualmente se encuentra la planta de fundición y refundición para el ferroníquel; b) Loma Ortega, esta se encuentra situada cerca de la presa de Guaiguí, cuyo material debe ser transportado por volquetas a la planta de fundición; y c) Loma Miranda, cuya concesión se halla cuestionada e impedida de ser explotada por la oposición de grupos ecológicos que alegan que esa demarcación “es la madre de todas las aguas”.

De su parte, Falcondo ha hecho intentos por reiniciar operaciones en la misma; así como, llegar a un acuerdo amigable, pero los esfuerzos han sido infructuosos. En el Acuerdo marco, está permitido que dicha trasnacional puede voluntariamente renunciar a una parte del Convenio, pero en el caso de Loma Miranda no lo ha hecho, por considerar que, según sus estudios, hay una alta concentración de mineral en dicha concesión. Por eso, no se puede dudar, que en lo futuro ambas partes acudan a un arbitraje internacional para dirimir la controversia.

2da. caída: Hotel en parque del Este

La empresa Globalia RD había obtenido el permiso ambiental No. 3771-19, que le autorizaba la construcción de un proyecto hotelero en el área de recreo Guaragua-Punta Catuano en la provincia de La Altagracia. Sin embargo, el presidente Danilo Medina dispuso mediante Decreto No. 315-20 instruir al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la revocación del mismo y dejar sin efecto el permiso ambiental No. 3771-19. Esta decisión fue adoptada por el presidente Medina, faltando apenas cuatro días para el traspaso de mando al presidente electo Luis Abinader.

3ra. caída: Aeropuerto internacional de Bávaro

El caso más difícil de solucionar, posiblemente sea la autorización otorgad por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales para la construcción de Aeropuerto Internacional de Bávaro, otorgado a la Corporación Aeropuerto Internacional de Bávaro (AIB, SAS), que, según el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Flavio Darío Espinal “no existe impedimento legal para dicha construcción, indicando que el Decreto 270-20, aprueba dicha construcción”. Adicionando además, que tras la solicitud que el 31 de octubre de 2019 por el Grupo Abrisa y el y el Aeropuerto Internacional Bávaro (AIB), la Comisión Aeroportuaria emitió la Resolución 6796, del 223 de enero de 2020, que otorgó su no objeción al desarrollo, construcción y explotación económica del proyecto y que instruyó la suscripción de un contrato entre el Estado Dominicano y el Grupo Abrisa: “en los mismos términos y condiciones que los contratos formalizados con empresas operadoras de aeropuertos internacionales de propiedad privada; tales como: Internacional del Cibao, La Romana y Punta Cana”.

El director del IDAC (Instituto Dominicano de Aviación Civil), señor Román Ernesto Caamaño Vélez, se ha opuesto a dicha construcción alegando la cercanía con el aeropuerto internacional de Punta Cana de apenas unos 24 kilómetros. Aunque en principio parecía una causa válida, se ha demostrado que existen a nivel mundial más de 30 aeropuertos a menor distancia de las 24 aludidas por el Director del IDAC. Ciudades tan populosas como New York, Chicago, San Francisco, Dubai, Berlín y otras poseen aeropuertos con distancias menores que la señalada.

De su parte, ejecutivos del Grupo Abrisa han contratado a los doctores Emmanuel Esquea y Ariel Valenzuela quienes han emplazado al IDAC a revocar la Resolución 17/20 que dispuso la paralización de la construcción, alegando que dicha Resolución viola la Constitución enrostrándole al Director, “abuso de poder, usurpación de funciones, desconocimiento del contrato suscrito con el Estado, lo cual viola los principios constitucionales de igualdad, libertad de empresa, libre competencia y prohibición de monopolios y privilegios”.

De estas tres caídas se deduce, que el Estado Dominicano deberá ser sumamente cuidadoso cuando otorga una concesión o permiso, ya que la pérdida de confianza puede ahuyentar la inversión extranjera.

Colofón: Conozco al doctor Emmanuel Esquea, un profesional del derecho de seriedad y competencia probada, de lo cual se intuye, que esta será una Litis ontológica.

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