Las letras hipotecarias en los financiamientos de viviendas

Las letras hipotecarias en los financiamientos de viviendas

Las letras hipotecarias es uno de los instrumentos surgidos por el incrementos de los fondos de pensiones, y la necesidad de buscar mecanismos de inversión que faciliten diversificar el uso de los referidos fondos, con el objetivo de crear proyectos que beneficien al sector de la construcción de viviendas.

Las letras hipotecarias son emitidas por bancos y financieras, usadas para facilitar financiamientos o adquisiciones de viviendas, locales comerciales, oficinas, parcelas, o cualquier otro inmueble.

Luego de emitidas las letras hipotecarias, son vendidas en el mercado secundario a inversionistas institucionales. El crédito se paga con el producto de la venta.

Las letras hipotecarias son diferentes al fideicomiso ya que las hipotecas permanecen en los bancos comerciales.

Al acreedor de las letras, el emisor se compromete a pagar una cantidad de dinero por un periodo de tiempo determinado. El adquiriente o deudor está obligado a pagar el monto del crédito acordado, en las condiciones acordadas con la entidad crediticia o emisora.

Es importante destacar que el valor de las letras hipotecarias depende de las condiciones imperantes en el mercado, las mismas no garantizan en un 100% a que el deudor reciba el crédito solicitado, el valor faltante para cubrir el monto entre el valor de la vivienda y el monto obtenido con la venta de las letras hipotecarias, debe ser cubierto por el deudor.

Otro elemento a destacar es que el deudor debe mantener vigente los seguros contratados.

El plazo máximo que una institución financiera concede a un préstamo son 30 años, mediante la emisión de letras de créditos por igual monto, plazo y sistema de reajustalidad que los créditos que otorguen y su reembolso debe hacerse por medio de dividendos anticipados que comprenden el interés, la amortización y la comisión. Los bancos emisores de letras podrán reajustarla o no, y al portador se le podrán emitir normativas.

El pago de las amortizaciones e intereses al tenedor de la letra hipotecaria, es una responsabilidad del emisor.

Ésta, además de estar garantizada por las empresas financieras, tiene la garantía de la institución de tener cartera de créditos hipotecarios que la institución posea.

El deudor paga el dividendo en forma mensual y el emisor paga al tenedor de la letra hipotecaria en forma trimestral.

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