Las primarias en los partidos: sí, pero…

Las primarias en los partidos: sí, pero…

RAFAEL TORIBIO
En los últimos días se ha abierto un interesante debate sobre la ley que establece elecciones primarias en los partidos políticos para la selección de las candidaturas a los puestos electivos, en todos los niveles electorales.  Más que el contenido de la ley, lo que la hizo tema del debate público al inicio fue la solicitud de la Junta Central Electoral de un elevado presupuesto adicional para poder organizarlas.  Iniciando de esta manera, el debate se extendió a su contenido, que es lo realmente importante.

En principio, la selección de las candidaturas de los partidos a los cargos públicos mediante unas elecciones internas, es una iniciativa tan necesaria como conveniente.  Representa un paso de avance en la reclamada democratización interna de los partidos, además de dejar en el poder de las bases, la determinación de los candidatos, y no en las cúpulas partidarias, que no siempre favorecen a los candidatos con los mejores méritos sino a los que pertenecen a sus respectivas tendencias, aunque al final representen muchas veces la derrota.

En nuestro país es ya una práctica reiterada que los partidos políticos, al menos los mayoritarios, utilicen las elecciones internas para la selección de sus candidaturas.  Hay que reconocer, sin embargo, que han sido procesos no exentos de dificultades.  En dos partidos, el PRD y el PRSC, las últimas fueron traumáticas, hasta el punto de haber provocado una virtual división interna.  Por eso, parece acertado que este importante proceso interno en los partidos sea regulado por una ley. A la vez que se institucionaliza, se regula.  Se hace permanente, no estando su realización sujeta a eventualidades, y se realizan sobre la base de normas conocidas y comunes para todos los partidos.  Pero aunque se considere positiva una ley que regule las primarias en los partidos, la presente contiene interrogantes sin responder, preocupaciones que no se despejan, inconvenientes difíciles de superar y problemas importantes por resolver.

Lo primero que llama poderosamente la atención fue la premura con que fue aprobada esta ley.  Presentada en fecha 23 de marzo del 2004, fue aprobada en el Senado, con carácter de urgencia, el 3 de agosto, y en la Cámara de Diputados el día 15.  El mismo día en que es convertida en ley es remitida al Poder Ejecutivo, y promulgada.  Aprobada, remitida y promulgada en un solo día, que era, además, en el que terminada el gobierno. En otras palabras, «al echarse la paloma».  Por otro lado, aunque en las «consideraciones» hay justificaciones para su presentación, no se conocen las preguntas reales a las que pretende dar respuestas, ni los problemas que trata de resolver.

Por el momento, presentaré solo algunas preocupaciones respecto a la ley aprobada que se pretende de inmediato, unas de carácter conceptual y otras operativo.  La ley determina que en las primarias para elegir las candidaturas podrán votar «todos los electores» inscritos en el padrón electoral de la JCE, no solo los militantes de cada partido.  Eso quiere decir que cualquier persona que esté en Padrón Electoral y tenga su Cédula de Identidad y Electoral podrá votar por los candidatos de un partido, aunque no sea militante del mismo ni esté inscrito en él. Además, los candidatos que resulten electos serán proclamados por las Juntas Electorales correspondientes, y no por el organismo superior del partido.  A la Junta Central Electoral se le otorga la responsabilidad de dirigir, en coordinación con los partidos, el proceso de las primarias, lo que le hace ser juez y parte si se presenta algún conflicto. Esto significa que se opta por la «judicialización» de los asuntos electorales, es decir, que las dificultades internas de los partidos se resuelvan en los tribunales, olvidando que no siempre una decisión jurídica es la solución política de un problema.

Otras preocupaciones tienen que ver con el voto preferencial y la cuota de la mujer.  Tal como está concebida la ley parece sumamente difícil que una vez proclamados los candidatos ganadores pueda el elector hacer uso del voto preferencial para asignar los cargos a los más votados, o respetar que el 33% de las candidaturas sean femeninas, a no ser que ambas exigencias se impongan en las propias elecciones internas.  Los candidatos y candidatas proclamados por las Juntas electorales correspondientes como ganadores en las primarias serán las únicas candidaturas sobre las cuales debe votar el elector.  Algo similar pasa con las posibilidades de alianzas a lo interno y a lo externo del partido.  En las primarias se definen las candidaturas del partido a los diferentes cargos, según la votación obtenida.  Las posibilidades se reducen para recomponer candidaturas integrando a candidatos vencidos del mismo partido que pueden fortalecerlas, o de algún partido aliado.  Por ejemplo ¿puede un candidato que perdió optando por la candidatura para Presidente de la República integrarse como candidato Vicepresidencial?

Hay quienes consideran que con la introducción de las Primarias tendremos muchas elecciones y campañas electorales permanentes y pudiera producirse un «cansancio electoral» que reduzca la participación en las elecciones.  Frente a este argumento, se piensa que los defensores de las Primarias pueden encontrar justificación para pretender volver a unir las elecciones y así reducir los certámenes electorales.

Dos últimas preocupaciones.  La gran inversión adicional que debe hacerse  a través de la Junta Central Electoral cuando los partidos reciben ya financiamiento público para sus actividades, incluyendo las elecciones internas que realizan para elegir sus candidatos a los cargos públicos.  Y una preocupación final es sobre la capacidad de la Junta Central lectoral para administrar dos elecciones generales cada dos años, con un intervalo de cuatro meses, pues la ley ordena la celebración de las primarias, «a más tardar, cuatro (4) meses antes de las elecciones generales procedentes».

Ante una iniciativa positiva que en su ejecución puede traer serias dificultades lo razonable es una modificación que la haga superar sus debilidades y transformarse realmente en un paso de avance en la democracia interna de los partidos y en todo el sistema político.

Publicaciones Relacionadas

Más leídas