Las tasas de interés

Las tasas de interés

El FMI, al aprobar para el país un nuevo desembolso por US$341.1 millones, ha elogiado la estabilidad de la economía dominicana y ha situado las previsiones de crecimiento económico entre 5 y 5.5% para el presente año. En otro escenario, el Banco Central ha hecho previsiones para desmontar una proporción del encaje legal para compensar los efectos de medidas fiscales recientes sobre los activos productivos de la banca.

Por otra parte, la Asociación de Bancos Comerciales y la Superintendencia de Bancos han explicado  las causas de los movimientos al alza de las tasas de interés activa y pasiva en los últimos doce meses, y las proporciones en que una tasa ha empujado hacia arriba a la otra. Como parte de sus argumentos, ambas partes han citado también factores como las fluctuaciones en el comportamiento de la demanda de recursos financieros por parte de los distintos actores de la economía.

Así pues que  los  argumentos del Banco Central, la Superintendencia de Bancos y la Asociación de Bancos Comerciales, y la valoración positiva que sobre nuestra economía ha hecho el FMI, deben servir para moderar el nerviosismo del sistema financiero local, basado no solo en las expectativas locales, sino también y en gran medida en las que se derivan del comportamiento del sistema financiero en el exterior.

Los fondos del lavado de activos

La modificación de la Ley 72-02, sobre Lavado de Activos, sigue alimentando diferencias de criterio en varios organismos relacionados con la lucha contra las drogas.

Las disparidades de criterio están basadas en las proporciones en que serán distribuidos los bienes decomisados entre las instancias de persecución, prevención y rehabilitación en materia de drogas y el lavado de sus activos.

La distribución de los bienes del lavado de activos decomisados por la Justicia debería pretender fortalecer en vez de debilitar los diferentes flancos en la lucha contra este mal.

En el caso del combate contra el tráfico ilícito de  drogas, esa distribución deberá traer como resultado un mejoramiento en la capacidad de interdicción, en la rehabilitación de adictos y en el desempeño del Ministerio Público y la Justicia. No debe ser de otro modo.

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