¡Las tres causales ya entraron en vigencia!

¡Las tres causales ya entraron en vigencia!

La despenalización del aborto voluntario por las tres causales por la que se ha estado luchando desde hace años está desde el punto de vista legal vigente desde hace tiempo, pues se establece:

  1. El artículo 37 de la Constitución de la República aunque formalmente no puede referirse a una persona que todavía no existe legalmente antes del nacimiento, en tanto que en la etapa embrionaria, que es todavía subhumana por carecer de atributos propios de este hasta la etapa fetal.
  2. El artículo 38. establece que la dignidad humana debe ser protegida y su protección es responsabilidad de los poderes públicos por ser esta sagrada, innata e inviolable.
  3. El artículo 42. de nuestra Carta Sustantiva manda a proteger la integridad física, psíquica y moral de la persona, por lo que merece la protección del Estado cuando se trata de amenaza, riesgo o violación de la misma.
  4. El artículo 74. Numeral 4 de dicho texto sustantivo, establece de manera clara que los poderes públicos deben interpretar y aplicar las normas relativas a los derechos fundamentales y sus garantías en el sentido más favorable a la persona titular; y que en caso de conflicto entre derechos procurarán armonizarlos, que no puede ser de otra forma que estableciendo comisiones técnicas que autoricen los casos justificados.
  5. En cualquier caso, la propia Constitución establece en su artículo 103 que las leyes aprobadas por el Congreso y que el Poder Ejecutivo las haya observado, si pasaren dos legislaturas ordinarias sin que se hubiere producido una decisión contraria, quedará vigente la ley con la observación del Presidente, pues cuando es el Congreso al que le corresponde modificarla tiene solo diez días para hacerlo o cinco cuando ha sido aprobada de urgencia.

  6. De manera que la despenalización del aborto por las tres causales ya debe darse por aprobada. El Código Penal debe aprobarse sin mayor dilación con la observación, para evitar que los condenados por más de 30 años puedan sentirse tentados a cometer nuevos crímenes de sicariato o de género, sería mejor no subir las sanciones más de 30 años y establecer en cambio el cúmulo de penas para los privados de libertad.
    Seamos proactivos y no pensem

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