Lección

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No habrá manera de justificar el hecho de que el Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN) sirviera de garante para que la Federación Nacional de Transporte La Nueva Opción (Fenatrano) pudiera obtener un crédito por US$16.2 millones con los cuales adquirió  432 autobuses para explotar comercialmente rutas urbanas e interurbanas.

Y es en estos días cuando empiezan a verse las secuelas de ese paso, dado durante la gestión del síndico Johnny Ventura, en virtud de una notificación hecha al ADN por el Banco de Reservas para reclamarle el saldo de acreencias vencidas.

Es elemental que el cobro compulsivo solo se ejerce  sobre el garante cuando el deudor incurre en falta de pago o atrasos en sus obligaciones.

Un Gobierno Municipal no puede prestarse a fungir como garante de empresas comerciales, como es el caso de la federación deudora principal del crédito bancario, y mucho menos cuando el deudor principal tiene bienes que puede presentar en garantía por la deuda asumida.

Nadie ha percibido, salvo los beneficiarios del préstamo, beneficio alguno cuyo logro pueda atribuirse al hecho de que el ADN sirviera de garante y facilitara las cosas.

Es más, en términos éticos esa garantía solidaria resulta  censurable, toda vez que carecía de justificación y solo podría ser explicada a partir de un laborantismo político que ha resultado muy dañino para la República Dominicana.

II

Lo menos que se puede aspirar en el presente caso es que el deudor principal honre sus compromisos con el Banco de Reservas y que de ese modo las finanzas del garante queden libres de ser embargadas o afectadas de alguna manera.

Pero al margen del saldo de las acreencias por parte del deudor, deben quedar claras las circunstancias en que el Gobierno Municipal se prestó como garante de ese préstamo.

Los munícipes de la demarcación del Distrito Nacional no han obtenido ningún beneficio, en términos de solución de los problemas del transporte, por el hecho de que el ADN haya avalado la obtención de ese crédito.

El ADN solo debería comprometerse de esa manera en circunstancias en que vayan a beneficiarse los servicios de transporte o de otra índole.

Creemos que una autoridad competente debería escudriñar en estos asuntos, para esclarecer circunstancias en lo que concierne a esta garantía.

Debería haber restricciones éticas para operaciones de esta naturaleza, sobre todo cuando los beneficiarios son empresas comerciales que se hacen pasar como sindicatos.

Por lo pronto, el Banco de Reservas y el ADN deberían intensificar sus    gestiones para recuperar el dinero acreditado sin perjuicios para las finanzas y bienes del Gobierno Municipal.

No sabemos si las leyes de ordenamiento municipal autorizan a conceder garantías de esta naturaleza, y en caso de que lo permitan debería estudiarse la posibilidad de modificarlas.

Un aspecto cuestionable de operaciones de esta naturaleza es que pueden comprometer finanzas y bienes del municipio, no de particulares, sobre todo en el caso de que el deudor principal incurra en faltas a sus compromisos, como parece ser el caso.

Por razones atendibles, el ADN, o los ayuntamientos en sentido general, deben emplear sus recursos y autoridad para menesteres más afortunados, que probadamente beneficien a sus comunidades.

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