Legislación de tierras

Legislación de tierras

[b]Señor Director:[/b]

Desde hace muchos años hemos venido predicando en pro de una Ley que ponga coto a los ocupantes ilegales de terreno, que en nada benefician al país ni a su gente.

Existen en nuestro Código Penal las sanciones para aquellos que se introducen en la propiedad ajena, pero desgraciadamente nuestras autoridades no quieren actuar, en su mayoría por irresponsabilidad porque el invasor busca un padrino político de esos que han destruido el país, porque quieren congraciarse para conseguir votos y por eso las mejores propiedades que circundan nuestra capital están ocupados ilegalmente, no sin antes el propietario pegar el grito al cielo ante la autoridad competente, pero a este propietario el fiscal lo envía al Abogado del Estado o viceversa y la mayor de las veces uno u otro funcionario lo declinan al Instituto Agrario y mientras el caso se investiga ya se ha convertido en un problema social porque los que se dedican a esa mala práctica se encargan de reclutar invasores porque así la carga entre muchos no pesa a la vez que son votos que se pierden si se actúa contra ellos, sabemos que no, pero es la premisa para no actuar.

Mientras eso sucede, el propietario se ve privado del uso y disfrute de una propiedad que no genera capital pero que demanda bienes y servicios que consume luz y agua, que exige calles, aceras y contenes, pero que no aporta nada al fisco y que también priva al propietario que contribuye con la caja pública.

Este mal es más notorio en la ciudad de Santo Domingo y en San Cristóbal, en la primera porque es donde se han concentrado la mayoría de los invasores en busca de impunidad y porque es donde mayor número de bienes habían a nombre de la familia Trujillo que fueron dado al pillaje y en San Cristóbal porque todas las tierras que bordean la ciudad tenían el mismo origen, pero en uno y otro caso, son bienes improductivos en lo que al fisco respecta.

De la misma manera que se buscó una fórmula para devolver los bienes a muchas familias que habían sido despojadas por el régimen de los 30 años, así mismo se puede buscar una fórmula para que los ocupantes del terreno ajeno lo entreguen o los paguen.

Para los que no sepan cual fue la fórmula usada para devolver los bienes a la familia de Juancito Rodríguez, bienes que habían sido vendidos sucesivas veces, pueblo señalarle que fue una maniobra pero una maniobra con toda legalidad, que redimió al Estado de responsabilidad frente a los tercero adquirientes de buena fe y a título oneroso; pues bien, el Estado se los confiscó mediante una sentencia, haciéndole una acusación a Juancito Rodríguez por asuntos de orden político y como tal, se adjudicó esos bienes, luego el Estado se las vendió a distintas personas y entre ellos a la familia Saldaña, pero cuando cayó el régimen de Trujillo entonces se pasó una ley que devolvía a los Rodríguez sus bienes, pero la familia Rodríguez conocedores de lo que significa ese despojo legal, se las vendió a los mismos adquirientes, a precio razonable y con facilidades.

Obsérvese que en el caso de los Rodríguez, fueron acciones legales, las que mediaron para las transferencias a los adquirientes sin embargo, le fueron restituidos sus bienes.

Visto el caso y comprobado el hecho de las ocupaciones ilegales, seria muy saludable y beneficioso para la salud y la economía del Estado, que se pase una ley dando un plazo de un año a los invasores para que devuelvan o compren a los propietarios, vencido el cual se procederá al desalojo, consignando en la misma ley dos años de prisión a todo aquel que invada en parte o en todo un predio ajeno, denegando la libertad bajo fianza a no ser en efectivo y por un valor equivalente al duplo del valor del inmueble ocupado, tomado ese valor de la tasación de la Renta para el pago de transferencia.

Esto sería la ley de la desarrabalización con la cual el Estado, los abogados, los ingenieros, tipógrafos y agrimensores tendrían la oportunidad de mejorar sus ingresos y por último el mismo invasor, al legalizar la situación jurídica de su inmueble seria sujeto de crédito y recuperaría la paz y tranquilidad de su familia, porque en la situación actual no es más que un invasor, sin estatus que no sea un violador de la ley que este permanentemente en un estado de inseguridad por el desalojo que se le puede hacer en cualquier momento que aparezca una autoridad responsable de sus obligaciones y deseara de hacer cumplir la ley.

Atentamente,

Víctor José Delgado Pantaleón

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