Legislador Tolentino Dipp insiste es ilegal Presupuesto 2012

Legislador Tolentino Dipp insiste es ilegal Presupuesto 2012

El diputado nacional por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), Hugo Tolentino Dipp, fija posición con relación al Presupuesto 2012.

 A continuación el texto: La bancada del Partido de la Liberación Dominicana de la Cámara de Diputados ha violado groseramente la Constitución de la República dando por aprobado  con mayoría absoluta, es decir, con solo más de la mitad de los votos de los presentes, el proyecto de Presupuesto, contrariando así la disposición constitucional que exige una mayoría calificada de las dos terceras partes de los diputados presentes.

La interpretación que lleva a creer que  cuando el artículo 234 de la Constitución establece que para que las cámaras legislativas puedan modificar el proyecto de Ley de Presupuesto deben hacerlo con el voto “de las dos terceras partes” de los legisladores presentes, está determinando que cuando dicho proyecto provenga del Poder Ejecutivo solo  precisa de   una mayoría de  más de la mitad de los legisladores, es falsa de toda falsedad.

 La ley de Presupuesto es una Ley  Orgánica y, por  tanto, debe respetarse el artículo 112  de la Constitución  que de manera literal y taxativa le otorga esa categoría y subraya que “para su aprobación o modificación se requerirán del voto favorable de las dos terceras partes de los presentes en ambas cámaras”.

Contra esa disposición no se pueden argumentar conjeturas caprichosas, aprovechadoras de las incoherencias de una Constitución en la que abundan las posibilidades para el oportunismo antidemocrático.  

Ese presupuesto no debe ser considerado aprobado, en primera lectura, puesto que la propia Constitución de la República enfatiza que “Son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrarios a esta Constitución”.

 Tengo la esperanza de que frente a este atentado se opondrán  algunas instituciones de la sociedad civil y la opinión pública.

Ahora bien, quien debería ser el primero en rechazar ese desaguisado es el Presidente de la República no promulgando una ley que le pueda llegar manchada de inconstitucionalidad. 

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Otra precisión

El artículo 112 es bien claro y así debe entenderlo el presidente de la Cámara de Diputados, quien ya tiene en su haber más de una violación a los principios constitucionales en conchabanza con los legisladores de su partido.  Ese Presupuesto no debe ser considerado aprobado, puesto que la propia Constitución enfatiza que “son nulos de pleno derecho toda ley, decreto,  reglamento o acto contrarios a esta Constitución”.

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