Leonel promulga ley regula contrataciones del Estado

Leonel promulga ley regula contrataciones del Estado

POR LUIS M. CARDENAS
El presidente Leonel Fernández promulgó anoche la ley de Contratación Pública de Obras, Bienes, Servicios y Concesiones del Estado aprobada por el Congreso Nacional el 24 de julio, y de inmediato se anunció una modificación que será sometida a las cámaras legislativas en varios articulados.

El plazo constitucional para la promulgación de la ley vencía ayer, razón por la cual el mandatario y su equipo decidieron aprobar su publicación, pero de inmediato introducir modificaciones a varios artículos.

El presidente Fernández firmó en un acto similar el decreto que reglamentaba las contrataciones de bienes, obras, servicios y concesiones del Estado, y con la promulgación de la ley sustituye el decreto.

El mandatario explicó luego de firmar la promulgación de la ley que con esto reafirma la voluntad del Poder Ejecutivo de poder avanzar hacia mayores mecanismos de transparencia en lo que tiene que ver con sistemas de contratación de obras del Estado.

Sin embargo, dijo que el proyecto de ley aprobado en el Congreso Nacional experimentó sustanciales modificaciones con respecto al consenso a que llegaron antes de ser introducida la pieza.

Explicó que tenía la opción de devolver el proyecto o promulgarlo, como lo hizo, pero en este caso con la introducción de algunas reformas que debieron ser contempladas en el proyecto original y que al modificarse desnaturalizaban la esencia de lo que fue en principio consensuado.

Asimismo, dijo que esa ley tiene que estar en sintonía o consonancia con las disposiciones establecidas en el DR-CAFTA, razón por la cual el Poder Ejecutivo la promulga, pero introducirá modificaciones.

El mandatario reiteró que la firma de la promulgación es una reafirmación de la voluntad del Poder Ejecutivo de lograr un mayor nivel de transparencia, pero un reconocimiento de que el Congreso modificó lo que había sido consensuado y que ahora requiere de reforma para que entre en sintonía con las disposiciones del DR-CAFTA.

El acto encabezado por el presidente Fernández donde estuvieron presentes secretarios de Estado, directores generales y departamentales fue celebrado en el Salón Comedor de la tercera planta del Palacio Nacional.

Las modificaciones que serán introducida de inmediato a la ley promulgada anoche por el Poder Ejecutivo fueron explicadas por el secretario de Finanzas, Vicente Bengoa Albizu.

Explicó que el proyecto de ley general sufrió transformaciones importantes y significativas entre las que citó el órgano rector que ahora habrá que modificar los artículos 36-37 y 70, porque el Congreso creó un organismo autónomo descentralizado del Gobierno Central, donde el director y los subdirectores los somete a consideración del Congreso el Presidente de la República.

Informó que con las modificaciones que sufrió el proyecto original el organismo se financiaría un 50% con el presupuesto del Gobierno y el otro 50% con multas, sin especificar el tipo de multas.

Además le da facultades similares al organismo a las que tiene la Contraloría General de la República y la Cámara de Cuentas, lo que fue desvirtuado el propósito de la creación del órgano rector.

Asimismo, explicó que en la ley promulgada hay errores y contradicciones que han obligado al Poder Ejecutivo someter modificaciones.

Dijo que las modificaciones más importantes fueron las que hizo la Oficina de Representante de Comercio de los Estados Unidos y que si la ley se quedaba tal como fue aprobada la República Dominicana no podía ingresar al Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana,  Centro América y Estados Unidos.

Manifestó que aunque ellos entendían que cuando hay una diferencia entre lo que dice la ley y un convenio, querían que expresamente se estableciera en la ley de forma muy clara las consideraciones observadas.

Bengoa dijo que las modificaciones que se le harán a la ley fueron sometidas a la oficina del Representante del Comercio de los Estados Unidos para compatibilizar las formas con que las dos partes plantean para la entrada en vigencia del DR-CAFTA.

Informó que en las modificaciones que serán introducidas al Congreso se derogan los párrafos tres, cuatro y cinco y se modifica el numeral uno y párrafo uno del artículo seis relativo a las excepciones.

Así como se modifica el artículo 67 y se deroga el 68 para prever procedimiento de impugnación de conformidad con el derecho administrativo,  y se modifica el plazo para la puesta en vigencia de la referida ley para viabilizar la entrada en vigencia del RD-CAFTA.

La ley en la actualidad da plazo para la entrada en vigencia en algunas áreas, cuando se entiende que tan pronto promulgada el RD-CAFTA entra en vigencia, y se modifica el plazo que establece el artículo 78, porque se contradice porque la aplicación integral debe ser en un plazo no mayor de 12 meses y no en tres etapas.

Explicó que la actual ley divide en tres etapa 12 meses bienes y servicios, seis meses para la contratación de obras y 12 meses para la concepciones, lo que contradice las disposiciones del acuerdo que establece que debe entrar en vigencia de inmediato, no en doce meses después.

Por último se modifica el párrafo cuatro del artículo 66 para cumplir sus posiciones de transparencia del RD-CAFTA, en el caso de incumplimiento del contrato debe ser sancionado en forma pecuniaria.

Anunció que el proyecto de modificación está listo y que hicieron una matriz donde pusieron la ley y todas las observaciones que se hicieron y todos los artículos que se modificarán con sus detalles.

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