Ley 42-01 eliminaría pretexto de AFP en entregar pensión

Ley 42-01  eliminaría pretexto de AFP en entregar pensión

Diputado del PLD, Ramón Cabrera. Foto/ Llennis Margarita Jiménez 17/09/2018

La Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados estudia una propuesta de modificación de la Ley 42-01, destinada a evitar que una persona lesionada por un accidente de tránsito u otro tipo de siniestro, pierda su pensión por reclamarla estando fuera del ámbito laboral como consecuencia de la lesión permanente.
Así lo informó el presidente de la Comisión Especial que estudia la reforma integral de la Ley de Seguridad Social, diputado Ramón Cabrera, quien también indicó que se hacen ajustes para revisar la situación de la pensión por vejez. “Discutimos el Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia, y el Seguro de Vejez, que son Pensión por Discapacidad y Sobrevivencia y Pensión por Vejez”.
En la parte sobre Discapacidad y Sobrevivencia, la Comisión vio los problemas que dan la “Concreción y el Siniestro”, para insertarlo en la Ley 42-01, ya que cuando una persona pasa un siniestro, pierde la posibilidad de ser pensionado, porque las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) ponen el pretexto de que cuando se anunció el hecho, no estaba cotizando en la seguridad social y había perdido el empleo.
Cabrera planteó que el procedimiento debe cambiar. Recordó que el Consejo Nacional de la Seguridad dispuso recientemente que para obtener la pensión por discapacidad hay que correr los trámites a partir del momento que ocurre el siniestro, accidente o la enfermedad que provoca dispacidad. Empero, el legislador enfatiza que se debe consignar en la Ley 42-01. Contó que una persona puede sufrir un accidente y quedar en muletas, pero a los dos meses, se le vence la licencia laboral y pierde el empleo. Luego pierde las dos piernas como consecuencia del accidente y al reclamar la pensión por discapacidad, la AFP le niega la pensión por no estar cotizando y encontrarse desempleado.

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