Ley autoriza a la JCE reglamentar las campañas

Ley autoriza  a la JCE reglamentar las campañas

El Artículo 87 de la vigente Ley 275-97 otorga a la Junta Central Electoral (JCE) la facultad de proclamar a más tardar 90 días antes de la fecha en que se deben celebrar las elecciones, la apertura de las campañas.
Entonces, no se entiende ¿cuál es la desesperación en iniciar a destiempo la campaña electoral del 2020? Lo que debe reclamar el sector leonelista dentro del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) es demandar de la JCE que reglamente las actividades del presidente Danilo Medina, ya que las inauguraciones y otras actividades que encabeza el mandatario son convertidas en actos proselitistas.
El expresidente Leonel Fernández manifestó que la resolución de la JCE que ordena suspender las actividades políticas que tengan características de campañas proselitistas, carece de fundamento legal, descartando que existan normas vigentes ni disposiciones que prohíban a los partidos realizar esas actividades de precampaña.
No obstante, el sector leonelista parece pretender desconocer la existencia de la vigente Ley 275-97, ya que por otro lado, el coordinador general de la campaña de doctor Fernández, el dirigente Bautista Rojas Gómez, aseguró que los seguidores de Leonel, continuarán realizando sus actividades políticas, alegando estar facultados por la ley.
Incluso, algunos temerarios se han atrevido a afirmar que la acción de la JCE fue tomada atendiendo “orden” del sector del presidente Danilo Medina.
Viendo así el panorama, se puede llegar a la conclusión de que la desesperación está arropando a ambos sectores que luchan a lo interno del PLD por el control del partido morado y de las candidaturas.
Pero, en lo que ambos grupos deben estar claro, es que la ley vigente sobre el sistema electoral faculta a la JCE para regentear las actividades políticas en la República Dominicana.

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