Ley de Reforma Policial rumbo a instancia de lo constitucional

Ley de Reforma Policial rumbo a instancia de lo constitucional

La recién promulgada Ley de Reforma de la Policía Nacional eleva de 20 a 25 años el tiempo reglamentario para un agente poder optar por una pensión con disfrute de la seguridad social y prohíbe a sus miembros portar armas de fuego diferentes a las asignadas en el desempeño de sus funciones.

Pero los enfrentamientos y disgustos que derrama a lo interno de la Jefatura de Policía la nueva ley orgánica, a la que se le señala una veintena de artículos que contravienen la Constitución de la República y que lesionan derechos económicos y sociales de sus miembros, empiezan porque priva a los que son abogados de ejercer la carrera de Derecho. Tal restricción expresa en la norma no prima para las demás profesiones que puedan tener los policías.

Estos son solo algunos de los puntos que se citan de la legislación que consta de 153 artículos y que también sanciona a los policías que en lo adelante continúen con la denunciada práctica de pedirle dinero a los ciudadanos (macuteo).

Castiga hasta a los policías que reciban dádivas de la población sin solicitarla, en un intento de erradicar la modalidad del chantaje que se les atribuye y que muchos alegan que se debe a los bajos salarios que devengan. En este sentido, distintos sectores que propugnan por la modernización de la Policía cuestionan que la ley tampoco se refiera a los beneficios salariales, de compensación, planes de vivienda, seguridad social y formación que ameritan los agentes para escalar por mérito propio, sin tener que recurrir al pago a sus superiores para adquirir rango, lo que ahora será penalizado.

Además, los generales de la Policía están literalmente de «a balazos», debido a que la ley orgánica ordena que en 24 meses se aplique el retiro gradual, para reducir a 20 el número de generales, los que ascienden a 60.

Estos oficiales de manera gradual se irán yendo a sus casas por mandato del artículo 86 de la ley, que restringe las plazas y que ordena que el ascenso al rango de general se haga conforme a la necesidad de la institución, sin que el número sea mayor de 20.

Según un expolicía que mantiene relaciones con la institución del orden, otro aspecto que intranquiliza a los oficiales es la obligación que les hace la ley promulgada el pasado 15 de julio con el número 590-16, de rendir cuentas de sus bienes, tal como lo establecen leyes especiales.

Debate. El jurista Trajano Vidal Potentini, presidente de la Fundación Justicia y Transparencia, reconoce que esta ley supera la anterior, pese a levantar cuestionamientos y aspectos que no se ajustan a lo constitucional. “Sienta las bases para que la Policía empiece a modernizarse”. Aspira a que el reglamento aclarare algunos tema.

Otros tópicos, señaló, tendrán que ser objeto de una modificación o invocar la constitucionalidad.

Potentini si arremete contra la ley por ser un atentado a la seguridad jurídica de miles de dominicanos y de extranjeros, ya que prohíbe a más de ocho mil policías profesionales del derecho ejercer la carrera. Dijo que estos agentes postulan desde hace muchos años y han contraído compromisos en casos que estarían en el limbo jurídico. Adelantó que si renuncian a esos casos pueden ser sometidos a la justicia y seguir con salarios escasos. Confirmó que policías están renuncianndo. Planteó que se reglamente el ejercicio del derecho en casos que tengan intereses personales.

Para el politólogo y ananísta de seguridad ciudadana Daniel Pou, la ley orgánica no va a transformar a la Policía.

De la insconstitucionalidad de la ley cree que están hablando sectores que quieren seguir manteniendo dualidades dentro de la Policía. “Incluso, sectores que tienen una visión mesiánica, ultrapesidencialista, que creen que el presidente de la República no debe tener límites por ser el comandante en jefe”.

Publicaciones Relacionadas

Más leídas