La Estrategia Nacional de Desarrollo (Ley 1-12) contemplaba un Pacto Fiscal que estimaba para 2025 una presión tributaria de 21.5% y en 2030 de 24.0% del PIB, mientras, a lo largo del período 2012-2024 no ha alcanzado el 15% (14.3% del PIB para el presupuesto de 2024); también una Ley de Responsabilidad Fiscal. El Pacto Fiscal no ha sido implementado por ningún gobierno, no sabemos la ruta de la reforma fiscal anunciada por el Presidente, pero al menos contamos con una Ley de Responsabilidad Fiscal (Ley 35-24) promulgada el dos de agosto de este año.
En la región la mayoría de los países cuenta con leyes de este tipo cuyas reglas fiscales están basadas en el gasto, balance presupuestario, balance estructural, en algunos países hay diferentes combinaciones y en el caso nuestro las autoridades decidieron una regla fiscal del gasto.
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Una regla fiscal persigue reducir las tasas de interés real de la deuda publica, lo cual permite disminuir la carga del servicio de la deuda, fortalecer el marco macroeconómico en la medida que coloca un techo a ciertas variables, su cumplimiento garantiza la sostenibilidad fiscal y mejora la calificación riesgo-país.
El Art. 4 sobre el marco de responsabilidad fiscal establece la meta de que la relación Deuda/PIB del Gobierno General Nacional al 31 de diciembre de 2035 no debe superar el 40%. Umbral bastante asequible ya que al 31 de junio 2024 es de 44.9% del PIB.
Es atendible que en una regla fiscal no se incluyera la deuda del Banco Central, por su condición de institución autónoma, pero con una deuda a junio de este año equivalentes al 15.3% del PIB y 25.4% de la deuda publica consolidada, debe producirse un firme compromiso de esa institución de que reducirá gradualmente sus pasivos porque finalmente los organismos multilaterales y clasificadoras de riesgo-país consolidan la deuda y están conscientes al 31 de junio asciende al 60.1% del PIB.
El Art. 5 establece la regla fiscal sobre la base de que el gasto primario (gasto total menos pago de intereses) en ningún ejercicio fiscal exceda el 3% más la tasa de inflación proyectada. Por ejemplo, el año próximo asumiendo una inflació en la mitad del rango meta del BC (4.0%), el gasto primario del presupuesto de 2025 no debe ser mayor al 7.0% del ejercicio de este año.
Una virtud de esta regla es que si los ingresos crecen por encima de ese techo se lograría un superávit primario mayor, hasta un punto que ese superávit pueda cubrir el pago de los intereses y la disminución del déficit fiscal, por lo cual la deuda transitaría por la senda de la reducción.
La ley tiene resquicios para modificar la regla, por supuesto modificando la legislación vigente, pero siempre respetando el criterio de la meta Deuda-PIB de 40%, también el Poder Ejecutivo puede suspender por un año la aplicación de la regla en caso de epidemias que puedan afectar la economía, temas medioambientales que provoquen calamidad pública, recesión económica; circunstancias en las cuales es necesaria una política fiscal expansiva.
La Ley de Responsabilidad contiene los elementos para cumplir los objetivos, siempre y cuando este Gobierno y los que le sucedan la cumplan y ese es el reto, en un país donde disponemos de un arsenal de leyes que son letra muerta, especialmente para los poderes del Estado.