Ley especial de Nacionalización

Ley especial de Nacionalización

El Presidente Danilo Medina remitió al Congreso Nacional, vía los diputados, el esperado proyecto que establecerá un régimen especial para las personas nacidas en el territorio nacional, inscritas irregularmente en el Registro Civil Dominicano y sobre naturalización.

Aunque la palabra “nacionalización” no aparece en el texto remitido, todos los considerandos del plan reconocen la sentencia 168/13 del Tribunal Constitucional, que fijó los criterios sobre la nacionalidad dominicana.

Se trata de una legislación humanitaria, que solucionaría un problema histórico al extender la dominicanidad hacia dos grandes grupos de indocumentados: a los hijos de padres y madres extranjeros no residentes nacidos en el territorio nacional durante el periodo 16 de junio de 1929 al 18 de abril de 2007, inscritos en el Registro Civil en base a documentos no reconocidos por las normas vigentes para esos fines al momento de la inscripción; y a los hijos de padres extranjeros en situación irregular nacidos en la República Dominicana y que no figuran inscritos en el Registro Civil.

Dispone que podrá registrarse en el libro de extranjería toda persona hija de padres extranjeros en situación migratoria irregular, que habiendo nacido en el territorio nacional no figure inscrito en el Registro Civil, siempre que acredite fehacientemente su nacimiento.

Autoriza a los extranjeros acogidos al Plan de Regularización, optar por la naturalización ordinaria una vez transcurridos dos años de la obtención de las categorías migratorias establecidas por ley. Prevé, asimismo, sanciones contra los falsificadores al solicitar registros de extranjeros, con penas de reclusión de entre dos a cinco años y multas de diez a veinte salarios mínimos. Fija, además, la persecución penal contra oficiales del Estado Civil que incurran en tal afectación.

¿Quién ganó la pulseada entre nacionalistas y haitianófilos? Ganó la nación.

El turno es del Congreso.

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