Lo que debe saber sobre designaciones temporales de profesores para plazas vacantes

Lo que debe saber sobre designaciones temporales de profesores para plazas vacantes

El Ministerio de Administración Pública, en su rol de órgano rector del empleo público y de los sistemas de carrera, ha recomendado al Ministerio de Educación de la República Dominicana que, en el marco de lo que establece la Ley de Función Pública 41-08 y la Ley General de Educación 66-97, proceda a la designación temporal del personal docente requerido para ocupar las plazas existentes en los centros educativos hasta tanto se realice el proceso del Concurso Nacional de Oposición Docente 2021.

Los profesores a ser designados temporalmente serán escogidos por los Distritos Educativos dentro de los profesionales de la Educación existentes en sus demarcaciones, los que deben cumplir con los requisitos establecidos en la Orden Departamental 06-2021, de fecha 21 de junio de 2021, que establece el Concurso Nacional de Oposición Docente. Los profesores designados de forma temporal sólo permanecerán en la función hasta que se tengan los ganadores del Concurso Nacional de Oposición Docente 2021.

El Ministerio de Administración Pública y el Ministerio de Educación de la República Dominicana reiteran que la vía institucional y legal para el ingreso a la carrera docente es el Concurso Nacional de Oposición Docente, por lo que las designaciones provisionales no representan el ingreso a la Carrera Docente, y éstos solo permanecerán hasta que se realice el concurso.

Para la materialización de esta medida se ha designado una comisión integrada por el Viceministerio de Acreditación y Certificación Docente, el Viceministerio de Planificación y Desarrollo, y la Dirección General de Gestión Humana, acompañados por el Ministerio de Administración Pública.

La Comisión Organizadora del Concurso Nacional de Oposición Docente 2021, acompañada del Ministerio de Administración Pública, trabaja en la recalendarización del proceso del concurso.

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