Loma Miranda y el Constitucionalismo Prêt-à-Porter

Loma Miranda y el Constitucionalismo Prêt-à-Porter

He seguido con atención las discusiones que se han generado a propósito de la observación realizada por el Poder Ejecutivo, a la ley que buscaba declarar a Loma Miranda como Parque Nacional. Puntualmente, y sin ánimos de restar crédito a las diversas posiciones que a favor y en contra se han generado: Cristóbal Rodríguez sostiene que la observación del PE viene a “remediar un conjunto de infracciones constitucionales” que contenían la ley aprobada por el congreso, señalando de forma principal “la falta de razonabilidad” de la misma. Por su parte, Anselmo Muñiz evidencia el arrinconamiento legal que hace Rodríguez de una situación eminentemente política, lo que lleva a Jorge Prats a plantear que dicha exposición teórica responde a lo que denomina como “el populismo anticonstitucional”. Jaime Rodríguez, riposta con contundencia y sitúa a Jorge Prats dentro de “una visión ortodoxa del derecho constitucional (…) que niega ese acoplamiento de lo jurídico con lo político (…), y que corresponde a lo que denomina como “constitucionalismo antipopular”.

Me he visto en la necesidad de hacer esta introducción, por considerarla vital para entender lo que desde mi punto de vista es el quid del asunto y que ya han tratado de forma separada pero armónica los jóvenes juristas Muñiz y Rodríguez.

Desde que se declaró con insólita prepotencia ilustrada el “fin de la historia”, según las palabras del propio Francis Fukuyama, como parte del proceso de sellado ideológico que consolidaba la unipolaridad mundial y con ello la hegemonía geopolítica y geoeconómica del capitalismo como sistema histórico, una corriente ha avanzado con mucha fuerza en los años sobrevenidos a la caída de aquel muro en Berlín. Los “vencedores” de ese proceso de reconfiguración mundial se hicieron de dos armas conceptuales, que consistieron en el “pensamiento único” y la “ideología de la derrota”.

El primero se cimentó en la idea de homogenizar y universalizar el pensamiento; se trató pues, de categorizar qué clase de ideas resultaban aceptable y por ende, divulgables. El segundo, consistió en un sofisticado y avanzando mecanismo de censura, cuyo propósito fue el arrinconamiento dentro de los dominios del saber convencional, la aniquilación del ayer, la creación de una nueva lingüística contemporánea “acorde con el sistema democrático”, la redefinición de las acciones políticamente permitidas y la transmutación del concepto de hegemonía hacia el de gobernabilidad.

El “buen pensar” como atinadamente lo llamare Alfonso Sastre, al referirse al pensamiento que emana y producen las clases dominantes, campearon por sus fueros por muchos años de forma solitaria. No fue sino hasta poco más de

una década que en América Latina se levantaran voces desafiantes, contestatarias, no convencionales y hasta “políticamente incorrectas” que comenzaron a reprochar las “buenas y nuevas maneras” en que el mundo se rige. Se dejó de ver el ayer como pieza arqueológica y se rescató como aliciente y exquisita fuente de ideas, de lucha.

Me parece importante abordar este tema planteando estas premisas, puesto que es más que evidente verlas reflejada en la discusión que se recrean en los artículos anteriormente reseñados, particularmente en las posiciones que esgrime el profesor Jorge Prats.

En Jorge Prats es bien conocido su temor a las mayorías y a la voluntad que de ella se pueda derivar. Es posible advertir en su pensamiento la objetivación de “valores convencionales” que a su juicio son los indispensables para el funcionamiento de una sociedad democrática. Dentro de ellos, es posible ver su histórica defensa a la democracia representativa y su negación al reconocimiento de la crisis meridiana que sufre ésta en la República Dominicana. Su conveniente relativización del principio democrático y su reducción de la soberanía popular al mero ejercicio del voto y a un respeto irrestricto y en lo absoluto reciproco a las “instituciones democráticas” reflejan su condición de guardián del sistema que rige nuestra vida social, política y económica.

Contradictoriamente, Jorge Prats pregona a todo pulmón la necesidad de “una democracia más deliberativa, más dialogada, más republicana, más participativa, y menos vertical, centralizada y autoritaria”; ¡discordante!, pues las causas que intelectualmente este jurista asume son radicalmente opuestas a la construcción de una democracia realmente plural, regida por los designios de la mayorías. El caso de Loma Miranda es más que suficiente para decir que hay más de político que de jurídico, cuando pregona su deseo por tener una democracia con las características ya señaladas.

Lo que Jorge Prats se niega reconocer en el tema de Loma Miranda es lo que precisamente Muñiz y Rodríguez han resaltado con agudeza y es el factor esencialmente político que trasciende a la discusión jurídica, ecológica, en fin técnica, que complementa no que fundamenta el tema de discusión. Es la forma en que las relaciones de poder se encuentran organizadas en nuestro país y que encuentran explicación por ejemplo en un golpe de Estado perpetrado en 1963, en un modelo de inversión extranjera que permite la repatriación indiscriminada de las utilidades de los inversionistas, que no son más que las riquezas producidas por el pueblo dominicano, que explica porque ante un crecimiento económico sostenible sin precedentes, el poder adquisitivo de la gente se haya reducido, porque se verifica un aumento exponencial en los procesos de mercantilización de los derechos fundamentales derivados de la adopción técnica de una concepción del servicio público que favorece al interés y lucro privatizados.

Para Jorge Prats, parecería que el Estado es un poder exteriormente impuesto a la sociedad y no como dijera Engels, el producto de la sociedad cuando llega a un grado de desarrollo determinado y que confiesa su irremediable contradicción consigo mismo y la existencia de antagonismos irreconciliables que hace necesario un poder que domine ostensiblemente a la sociedad y se encargue de dirimir el conflicto o mantenerlo dentro de los límites del orden.

Su posición, que parte de aquella arma señalada y que denominamos pensamiento único, tiene un propósito dogmático que busca generar adhesión en torno a la idea de asumir el ejercicio de una atribución constitucional que a todas luces favorece a una minoría. La limitación de la discusión al ámbito jurídico, provoca la dicotomía simplona entre el poder o no, que tenía el presidente de ejercer dicha facultad y en ese caso, como señalara Cristóbal Rodríguez, las “razones jurídicas” que la sustentan. Como se ve en todo caso, reducen el debate a la capacidad o incapacidad de observar y porque jurídicamente convenía hacerlo. Pero en ningún supuesto, estos juristas se plantean la pregunta de por qué el poder ejecutivo en la persona de su presidente, políticamente ejerció dicha atribución en tal sentido.

Es como asumir el mito de la “mano invisible” de Adam Smith en la economía y extrapolarlo a la política como una forma de negar la confluencia de clases y sectores con intereses disimiles y los antagonismos irremediables, por veces soterrados, que se producen entre sí.

Ha sido Jorge Prats quien ha reconocido en múltiples ocasiones la existencia de élites, pero en esta ocasión brilla por su ausencia en esta discusión. Lo que lleva a preguntarse lo siguiente: ¿Por qué esa institucionalidad, esa democracia constitucional que defiende Jorge Prats, siempre se decanta con “interpretaciones constitucionales” que sólo favorecen a las elites?. Cabe preguntarse también: ¿Por qué el constitucionalismo Prêt-à-porter o listo para llevar, sólo reditúa para los sectores de poder?.

Desde la misma constitución que se refiere Jorge Prats es posible, a pesar de su estructura neoliberal, producir interpretaciones distintas a las que enfocan los defensores del veto presidencial fundado en valores que se encuentran objetivados en la carta política. Pero no se trata de eso. Se trata de la única interpretación admisible en la especie y es aquella que se produce de la voluntad de las mayorías, esa que refleja el problema político de fondo, la crisis de representatividad que merodea y que se coloca por encima de la discusión acerca de la sostenibilidad o no del aprovechamiento de los recursos naturales que yacen en el sub-suelo de Loma Miranda. Esa voluntad que informa al sistema político y les expresa su desconfianza y su decisión de NO EXPLOTAR Loma Miranda bajo la égida de este liderazgo y bajo las condiciones políticas que adornan nuestro país.

El temor de Jorge Prats a la “tiranía de la mayoría” tiene más de mito y de agorero que de realidad. Existe evidencia histórica categórica que demuestra que la República Dominicana desde su fundación ha estado bajo la tutela de la “tiranía de las minorías”, sean militares, políticas o económicas. No hemos tenido la oportunidad de que sean las grandes mayorías las que rijan su destino, salvo aquella ocasión que sólo duró 7 meses; y muestra de ello, es que ante la manifestación mayoritaria del pueblo tanto en las calles como bajo la representación del Congreso Nacional, la alienada y elitizada democracia dominicana obró en sentido contrario al sentir de quien provee de legitimidad a las instituciones. Este temor a las mayorías es a su vez un reflejo de la subestimación e imaginada incapacidad que injustamente se le atribuye al pueblo para diseñar, determinar y decidir el proyecto de nación y de vida que quiera darse y que provoca que “expertos” articulados en clases o sectores sean los autorizados para interpretar lo que es conveniente para el pueblo.

Las posiciones que apoyan la observación presidencial no carecen de contenido axiológico. Por el contrario, lo que si parece es que el proyecto de valores que adornan sus argumentos son política y éticamente distintos a los que nos oponemos a la observación presidencial y que dichos valores nos han conducido a la lamentable posibilidad de que en nuestro país se entronice la tiranía de los valores de la cual casualmente hablaba Schmitt, el mismo utilizado por Jorge Prats para estigmatizar los argumentos que se le oponen. Lo cierto es, que es el proyecto de valores de la minoría es el que rige, el que es secundado y respetado por la clase política, es el que orienta, determina y porque no, subyuga la forma de ordenación de la vida de todos los ciudadanos de este país.

Las diversas manifestaciones que se han levantado en distintos ordenes, pero para los fines de este análisis, las que se refieren a Loma Miranda, buscan aquello que sabiamente indicara Zagrebelsky, que es contralar y evitar que determinados valores adquieran carácter absoluto y se conviertan en tiranos. Son casualmente las más puras y efectivas formas de ejercitar esa democracia “participativa, dialogada y deliberativa” las que Jorge Prats rechaza y encuadra haciendo uso de la ideología de la derrota, en lo que el denominada como populismo anticonstitucional y asociando con viejos demonios conocidos y practicas unánimemente rechazadas como el nazismo.

Esa visión esclerotizada y perfumada de la democracia es lo que lleva a juicios tan desafortunados como estos. Es la idealización de una democracia bajo aire acondicionado y cuya discusión sea sólo inteligible a los “expertos” lo que evidencia la avanzada en curso con miras a jerarquizar valores cuya capacidad de reivindicación está abandona a la suerte de unos pocos.

Es por ello, que Jorge Prats se auxilia del fantasma del populismo para generar adhesiones en torno a su posición. Es el instrumento perfecto para demostrar que sus argumentos parten del “buen pensar”. Y lo hace, pues la

historia del concepto de populismo se condensa rápidamente en dos términos: imprecisión y ambivalencia. Pero estas contradicciones e imprecisiones no son casuales, ni mucho menos el resultado del rigor científico. Son más bien obra de esa ideología de la derrota que ya mencionamos, esa que pretende demonizar el populismo como una forma de hacer resistencia al cambio de paradigma.

El populismo no es tiranía y atentado contra las libertades individuales. Es sino el reflejo de un déficit de representación, así como también del intento de articular demandas insatisfechas para modificar el orden existente. Es la justa medida del principio de la soberanía popular, como forma pura del orden democrático.

Este concepto es propio de la democracia, es una forma de complementar la noción de democracia representativa, la democracia material, más allá de la formal. Es la búsqueda de una democracia deliberativa en las que sus decisiones sean las mejores y aquellas que son tomadas como consecuencia de la reflexión de la ciudadanía, particularmente de esa que constituye la mayoría y que por el tipo de democracia elitista y proyeccionista del sistema capitalista que tenemos en Latinoamérica, favorece a los que más tienen y no responde a las más sentidas necesidades del pueblo.

Democracia no puede ser la “elección más competitiva” como decía Schumpeter. La democracia que necesita la República Dominicana debe contar con dos características fundamentales: 1) ampliación de los sujetos que participan en la decisión de los bienes comunes y; 2) la ampliación de los bienes comunes. Basta ya de la democracia instrumental, competitiva, procedimental, fosilisada que ata la voluntad de las mayorías a instituciones incapaces de dar respuesta. Democracia es pues, en palabras de García Linera, la creciente participación de la sociedad en la definición de lo que es común, en la ampliación de lo que es común y en la distribución de lo que es común. La democracia vaciada de contenido político que proponen los “expertos” se encuentra en las antípodas de lo necesitado.

Antes de concluir y sin caer en maniqueísmos, es necesario hacerse algunas preguntas: ¿De que lado hubiesen estado el constitucionalismo Prêt-à-porter cuando se produjo el golpe de Estado a Bosch, por “atentar” contra la propiedad privada y la libertad de empresa? O ¿De que lado hubiese estado ese mismo sector aquel 11 de septiembre del 1973 en aquellas calles ensangrentadas de Santiago de Chile, cuando la insubordinación militar motivada por el sector empresarial decidió interrumpir un gobierno constitucional por el supuesto hecho de “atentar contra la propiedad privada, la seguridad jurídica y la libertad de empresa?. ¿De que lado estará el constitucionalismo Prêt-à-porter cada vez que se levanten las banderas de la libertad de empresa, de la propiedad privada y la seguridad jurídica para justificar golpes de Estado o atentados contra los poderes legítimamente

constituidos? Me parece que existen argumentos de sobra para responder estas preguntas.

El constitucionalismo Prêt-à-porter, que es lo mismo que el constitucionalismo antipopular, tiene la característica sistemática de favorecer a aquel que tenga la capacidad de agenciarlo. Es un constitucionalismo listo para llevar, bien enlatado, conveniente y oportuno para superponer unos derechos sobre otros, y para que cierto orden de cosas se mantenga inalterable. Las voces vanguardistas del constitucionalismo dominicano, tienen mucho de gatopardo, buscan cambiar todo para que no cambie nada. Al final, ese constitucionalismo Prêt-à-porter busca garantizar los intereses que históricamente se han opuesto al desarrollo, a la prosperidad y a la felicidad del pueblo dominicano. Son sus hechos, sus argumentos los que hablan por mil años.

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