Los ciudadanos podrán exigir investigación contra policías

Los ciudadanos podrán exigir investigación contra policías

La nueva Ley de la Policía Nacional da potestad a la sociedad civil o cualquier ciudadano para requerir la investigación de un policía que cometa una falta ética o moral, poder que antes solo tenía la jefatura de esa institución.
El ciudadano ahora recurre ante el Departamento de Asuntos a requerir la investigación y que lo mantengan informado.
La nueva ley dispone que las armas que porten los policías se entreguen con el mismo régimen que la de un civil, ya que los agentes serán sometidos a exámenes psicológicos para cumplir con el mismo protocolo de todos los ciudadanos, según el artículo 13, numeral 17.

Asimismo, la ordenanza que rige desde el pasado 15 de julio, con el número 590-16, establece que la Policía Nacional no estará subordinada exclusivamente al Ministerio de Interior y Policía, ya que el mando supremo es del presidente de la República, artículo 6. Por estructura, la Policía pertenece a Interior y Policía, que forma parte del Consejo Superior, órgano que actuará como tribunal disciplinario.

También, señala que todas las compras que realice la Policía deberán regirse por la Ley de Compras y Contrataciones Públicas, las cuales antes no estaban sujetas a licitaciones.
De los salarios, la ley ordena que se hagan en coordinación con el Ministerio de la Administración Pública y los ascensos, retiros y separaciones de la Policía, se harán vía el Ministerio de Interior y Policía.
Al analizar la nueva Ley de la Policía, el exfiscal John Garrido afirma que la legislación especial indica que la institución del orden se va a regir por precedentes judiciales, a parte de la Constitución y su ley, lo que significa que cualquier decisión de un tribunal vincula las nuevas funciones de la Policía Nacional.
En lo relativo a que sus actuaciones podrán ser sometidas al escrutinio social, expresó que da poder a la ciudadanía y permite que se divulguen casos que antes se quedaban en la Jefatura de la Policía.
Castiga la discriminación por sexo. En su artículo 14, numeral 5, la ley policial prohibe la discriminación por condición sexual, evidenciando apertura ante los sonados casos de hombres que denuncian agresión por salir a las calles vestidos de mujer.
Garrido interpreta que esta parte es para no impedir que un policía sea homosexual, ya que por principio constitucional incluye su propia conformación.
Advierte no discriminación por color, lengua, religión y otros aspectos.
Dispone que las funciones serán ejercidas por profesionalidad, por lo que todos los puestos de dirección, incluyendo el del mayor general (jefe) deben desempeñarlos académicos universitarios.
“Eso rompe esquemas viejos de policías que llegaban a los cargos por amiguismo”.
La incidencia de la población en la policía es para que sea escuchada y actuada en función de eso, por mandato del artículo 14, numeral 14, que expresa que la Policía actuará también por recomendación de la comunidad y la sociedad civil.

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