Más del 60% de los asalariados del sector formal de República Dominicana ocupa empleos creados y sostenidos contra viento y marea por micros, pequeñas y medianas empresas que evidentemente confrontan dificultades para permanecer dentro de las reglas que impone el Estado para operar en legítima búsqueda de lucro. El hecho mismo de constituirse en unidades de producción, comercio y servicios para convertirse en sujetos de crédito supone enfrentarse a trabas burocráticas obsoletas cuya simplificación ha sido prometida sin cumplirse en respuesta a la demanda de incentivos para diferentes áreas del mercado nacional y que son comunes en economías de naciones del mismo nivel en esta región. Causa primera para que el 56% de las actividades para generar ingresos en el país escapen a regulaciones institucionales incluyendo las de pagar impuestos sin equidad en vez de beneficiarse de exenciones establecidas con carácter oficial para imprimir dinamismo al crecimiento sectorial y que puedan acogerse a los mandatos sobre remuneraciones a los empleados. Pero ¡NO! Sigue faltando la vigencia de un tributo único que haga al Fisco copartícipe de los beneficios que genera el emprendurismo sin restar capacidad financiera a tales razones sociales de limitados capitales. Un mecanismo recaudador que facilite cumplimientos y en el que manifieste mayor vigencia el progreso de la digitalización que agiliza trámites y pone fin a complejidades que han pedido sentido en la vida moderna. La vigencia de un Código de Trabajo con mandatos desfasados obra no solo en contra de los trabajadores sino en perjuicio de esa empresariado menor, de reconocida importancia social por ser imprescindible para la redistribución del ingreso y el progreso individual pero de patrimonios limitados. Ese que tiene que derivar beneficios y protección justa a su fuerza laboral con puntual inclusión en la Seguridad Social y en el régimen de pensiones para lo que debe estar sujeto a un esquema de prestaciones por despidos que no se traduzca en doble tributación. Un sistema flexible que no imponga a los empleadores de pocos recursos las mismas obligaciones que descarga sobre aquellos de mucha solvencia y extraordinarios movimientos de caja.