Luces de emergencia en edificaciones

Luces de emergencia en edificaciones

Todos los lugares de trabajo utilizados por los trabajadores deberán contar con la luz apropiada, y dentro de lo posible, con iluminación natural, complementada con la artificial sí la primera, por sí sola, no garantiza las condiciones de visibilidad adecuadas.
En tales casos, se utilizará preferentemente la iluminación artificial general, complementada a su vez con iluminación natural en aquellas zonas donde se requieran niveles de iluminación específicos.
Así lo establece el Ministerio de Trabajo en el Reglamento 522-06 Resolución 04-2007, sin embargo, esta iluminación puede fallar.

Cuando ocurre un incendio en un edificio o en caso de un terremoto, el grado de visibilidad en pasillos, escaleras y áreas interiores puede significar la diferencia entre una evacuación ordenada y el caos o posiblemente la diferencia entre la vida y la muerte.
Podemos definir como luces de emergencia, en las edificaciones, la iluminación artificial que entra en funcionamiento de manera automática cuando se produce un apagón.

Por lo general, estas luces utilizan como fuente de alimentación una batería recargable, que suministra energía a cada luz de emergencia de manera independiente. Evite instalar un sistema de iluminación de emergencia solamente alimentado por inversores.
La principal razón para que cada luz tenga su propia alimentación es que si ocurre una emergencia los cables que las alimentan pueden quemarse en caso de un incendio o fallar en caso de la edificación sea afectada estructuralmente o simplemente el inversor o la planta pueden dejar de funcionar.

El Reglamento 032 del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) sobre Seguridad y Protección Contra Incendios establece que para la iluminación de emergencia de los medios de egreso se deberá cumplir con los requisitos siguientes:

a. Todas las áreas de los medios de egreso deberán tener iluminación de emergencia por un período de 90 minutos (1 hora y media), en el caso de falla en la iluminación normal.
b. Las luces de emergencia activadas con baterías deberán usar únicamente tipos de baterías recargables confiables, provistas de las facilidades adecuadas para mantenerlas en la correcta condición de carga.
c. El sistema de iluminación de emergencia deberá estar continuamente en operación y deberá ser capaz de funcionar de forma repetida y automática, sin intervención manual.

Para los centros educativos y de enseñanza se deberá proveer iluminación de emergencia en las escaleras y corredores interiores que conduzcan a una salida, los espacios de uso para reuniones públicas, las partes interiores de los edificios donde no hay ventanas, los talleres, laboratorios y bibliotecas.

En los hoteles y aquellos edificios de apartamentos que tengan más de 5 pisos, cuyas escaleras sean interiores y no posean iluminación natural, deberán tener iluminación de emergencia que cubra los pasillos, escaleras y recorridos de salidas disponibles.

Evalúe la calidad de la iluminación de los espacios durante la noche, apague todas las luces e identifique dónde se requieren las luces de emergencia, muchas veces son necesarias en zonas fuera de las rutas de evacuación.

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