Maestros jubilados por decreto 133-19 y 286-20 no tendrán alza salarial

Maestros jubilados por decreto 133-19 y 286-20 no tendrán alza salarial

Rafael Pimentel Pimentel, director de Inabima.

La aclaración la hizo el director de Inabima, Rafael Pimentel, quien además detalló el porcentaje del aumento de sueldo

El Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (Inabima) dijo que la indexación salarial dispuesta por el Ministerio de Educación a partir de este mes no incluye a los pensionados y jubilados de los decretos 133-19 y 286-20.

Rafael Pimentel Pimentel, director ejecutivo del Inabima, dijo que de los 31 mil 448 jubilados y pensionados solo 29,259 recibirán la indexación de un 9.15%.

Pimentel expresó que “los maestros que se le haga el reajuste por indexación de IPC, en base a una escala, son los maestros que son traspasados del Ministerio de Hacienda. Mientras que los que fueron pensionados o jubilados por el Inabima recibirán un aumento del 9.15%”.

En ese sentido, explicó que los jubilados y pensionados que tienen un rango salarial de RD$8,000 a RD$10,587 en lo adelante cobrarán RD$15,000; los que están entre RD$11,000 y RD$14,849.83 recibirán RD$16,500; aquellos que ganan entre RD$15,000 y RD$17,985.77 devengarán RD$20,000.

Igualmente, los que tienen un salario de entre RD$18,000 y RD$19,999.65 ganarán RD$22,000; los que reciben actualmente entre RD$20,000 y RD$23,960.42 ahora cobrarán RD$25,000; los jubilados y pensionados con sueldos de RD$24,000 y RD$25,713.71 a partir de este mes se les aumentarán a RD$27,500, y los que están en una escala de RD$26,000 a RD$70,000 se les aplicará el aumento equivalente al 9.15 por ciento.

Además sostuvo que el aumento salarial a los jubilados y pensionados dispuesto por el Ministerio de Educación da cumplimiento por primera vez al artículo 170 de la Ley General de Educación 66-97 y al artículo 10 de la Ley 451-08, que dicta sueldos se revisen cada tres años.

Los maestros que cobran por Hacienda tendrán “un reajuste”

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