Magistrado afirma los jueces no validarán arrestos irregulares

Magistrado afirma los jueces no validarán arrestos irregulares

El juez de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, Ignacio Camacho Hidalgo, afirmó ayer que la Policía continúa con su práctica de apresar a personas sin órdenes de arresto, lo que provocará que los procesos judiciales se caigan en los tribunales porque ningún juez validará esas actuaciones irregulares.

Camacho precisó que los policías “no pueden apresar a las personas, ni tampoco allanar viviendas si no los autoriza un juez», insistió.

El miembro de la Comisión de Implementación del Poder Judicial sostuvo que «cuando el fiscal que es el que va a sustentar la acusación en un juicio de fondo vaya donde el juez de la instrucción a tratar de validar lo que se ha hecho, no podrá hacerlo, entonces el proceso se va a caer».

La pasada semana, el juez de la Tercera Sala Penal del Distrito Nacional ordenó, mediante el conocimiento de un recurso de habeas corpus, la libertad de Rafael López Read, acusado de estafar a un canjeador de divisas con un millón 800 mil dólares, luego de que la policía dispusiera su arresto sin la orden de prisión correspondiente.

Para evitar esa situación, hace unas semanas la Suprema Corte de Justicia habilitó la línea telefónica 1-200, a través de la cual los fiscales y agentes policiales pueden llamar para contactar a un juez penal o de instrucción, quienes estarán disponibles las 24 horas del día para emitir las órdenes de arrestos que éstos requieran.

De acuerdo con el magistrado desde el 4 de junio pasado (cuando se habilitó la línea) a la fecha se han producido menos de cien llamadas, sin embargo los presos cuadruplican esa cantidad, lo que indica que se han producido apresamientos sin la autorización de un juez.

En Santiago los fiscales policías han realizado más llamadas a la línea 1 200, que en el Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo, porque los jueces de instrucción están devolviendo los presos que llevan a los tribunales sin una orden de arresto, según se informó.

El máximo tribunal de justicia y la procuraduría general de la República emitieron las resoluciones 1920-2003 y 14786-2003, respectivamente, a fin de ir condicionando el sistema judicial a las nuevas disposiciones del Código Procesal Penal que entrara en vigencia en septiembre próximo.

Publicaciones Relacionadas

Más leídas