La pensión alimentaria es la cenicienta del sistema de justicia de la República Dominicana, pese a que de allí se desprenden todos los tipos de violencia intrafamiliar: económica, sicológica y física, de acuerdo a la fiscal adjunta y encargada del Departamento de Auditorías de Casos de la Fiscalía de la provincia Santo Domingo.
Julissa Hernández dijo que en cada uno de los cinco Juzgados de Paz de la provincia Santo Domingo se interponen unas 200 demandas diarias por manutención alimentaria.
Por ello, sugiere la creación de una jurisdicción especial solo para pensión alimentaria, en el que haya sicólogos, trabajadores sociales y herramientas que ayuden a los padres a poder solventar las necesidades económicas del menor y que éste perciba ciertamente su pensión, que redunde en calidad de vida.
Consideró que en esa jurisdicción especial deben realizarse audiencias todos los días, lo que ayudaría a descongestionar el sistema y le brindaría un mayor acceso a los usuarios del sistema de justicia.
En el país hay 215 Juzgados de Paz y 164 ordinarios en los que conocen los casos de manutención.
Más programas. Hernández alerta que si no se desarrollan programas para reducir los niveles de violencia que se degeneran tras la exigencia de la mujer para la manutención de sus hijos, el número de víctimas aumentarían en el país.
Este es un tema difícil, escabroso. Es la cenicienta del sistema de justicia porque a ella acuden cuando ha pasado de todo: divorcio, separación, incumplimiento de los padres, madres con problemas de conocimiento y la negligencia de otros familiares, señala.
La magistrada ilustra la realidad con casos como los de las mujeres que cuando exigen la pensión el padre de sus hijos las golpea. Cuando deciden dejar al hombre que la maltrata éste la chantajea diciéndole que no le va a mantener a los hijos o que otro hombre no puede entrar a su casa para estar cerca de sus vástagos.
Incluso van por varios días a la casa y la revisan. Estos tipos de violencia económica, sicológica y física van todas unidas al mismo sistema de pensión alimentaria, asegura.
Observa que en las oficinas de los juzgados que conocen las pensiones alimentarias se pueden percibir infinidad de vulneraciones de derechos y hay una vinculación directa con la violencia intrafamiliar. Pero también se violan los derechos de los niños relativos a su inscripción en el registro civil, a mantener relaciones personales y contacto directo con el padre y la madre y a la educación, entre otros.
Formación y emprendurismo. Sugirió implementar planes y programas alternos de formación técnico-profesional, humana, en valores y en emprendurismo, que brinde la oportunidad a los padres para que sean entes productivos y tengan facilidades de mantener a sus hijos.
Un alto porcentaje de hombres no tiene empleo formal ni informal, lo que a juicio de la experta dificulta a los padres cumplir con las pensiones alimentarias impuestas por la justicia. También hay mucha irresponsabilidad paterna.
Hernández cree que debe haber un mayor control del cumplimiento de las sentencias y el seguimiento de cómo se utilizan los recursos que aportan los padres por las pensiones.
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La ley
La ley 136-03 o Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes modificada por la ley 52-07 regula el proceso de demanda de pensiones alimentarias. Todos los menores hasta los 18 años se benefician de esta ley. Se consideran alimentos los cuidados, servicios y productos encaminados a la satisfacción de las necesidades básicas de los niños, niñas y adolescentes e indispensables para su sustento y desarrollo.