MAP afirma Abinader no está obligado tomar licencia

MAP afirma Abinader no está obligado tomar licencia

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El Ministerio de Administración Pública (MAP) reiteró ayer que el presidente de la República, Luis Abinader Corona, no está obligado a tomar licencia para participar como candidato presidencial en las elecciones del 2024.

Mediante un comunicado de prensa, el organismo reiteró que la Ley Orgánica del Régimen Electoral excluye, taxativamente, a los candidatos que ocupan cargos electivos, quienes no están obligados a suspender sus funciones ni tomar licencia, una vez sean aceptadas sus candidaturas en la Junta Central Electoral.

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En tal sentido, el órgano rector de la Administración Pública indicó que los cargos electivos excluidos de la medida, conforme al artículo 96 de la Ley Electoral número 20-23, son el presidente y vicepresidente de la República, los senadores y diputados, los alcaldes y vicealcaldes, los regidores y sus suplentes, los directores y subdirectores de los distritos municipales, y los vocales.

Agrega el comunicado del MAP que la Ley número 20-23, en su artículo 145, párrafo III, precisa que se exceptúan “los postulados a tales cargos que, al momento de la aceptación de su candidatura, ocupen cargos electivos, los que no podrán prevalerse de su condición en actos públicos o ante los medios de comunicación”.

El MAP emitió la circular número 020460 que establece cuáles funcionarios y servidores públicos deberán ser suspendidos en sus funciones o tomar una licencia especial sin disfrute de sueldo, para asumir sus candidaturas en el próximo proceso electoral, la cual está disponible al publico en general en su página web map.gob.do.

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