MAP reitera órganos deben estar en ley salarial

MAP reitera órganos deben estar en ley salarial

El ministro de Administración Pública,  Ramón Ventura Camejo, reiteró ayer que los organismos descentralizados y autónomos del Estado  no pueden ser ubicados fuera de la Administración Pública y, por ende, del proyecto de Regulación Salarial del Sector Público.

Resaltó, además, que el otorgamiento de personalidad jurídica a un órgano autónomo o descentralizado no implica que esté fuera de la organización del Estado, sino que está adscrito al sector de la Administración Pública compatible con su actividad.  

Ventura Camejo   señaló que la Constitución   no establece excepciones al referirse a las modalidades de compensación de los funcionarios y empleados público,  e indicó que tratándose de un proyecto de ley que tiene por objeto establecer el marco regulador común de la política salarial para todo el sector público dominicano, debe abarcar y ser aplicable a todos los diferentes organismos pertenecientes tanto al Gobierno central como al sector descentralizado del Estado, en virtud de los principios de administración pública establecidos en el artículo 138 de la Carta Magna.

Por tanto, Ventura Camejo rechazó que con la  inclusión de esos organismos en la propuesta de ley se desconozca su autonomía  constitucional y legal.

El funcionario aclaró que mientras las leyes generales son concebidas, elaboradas y promulgadas para tratar cuestiones ordinarias y corrientes dentro de la convivencia humana, las leyes especiales son creadas y aprobadas para regular situaciones particulares o específicas, “pero esto no significa que una ley general no puede derogar a la especial».

Ventura Camejo dijo que  lo “que sí estaría vulnerando la Constitución  es si se propician exclusiones legales discriminatorias, pues no tiene ninguna justificación que se reconozca al cargo de Presidente de la República como la función de más alto nivel y que su salario no puede compararse con ningún otro, cuyo salario estará determinado  por la ley y que, en cambio, se excluya de la reglamentación  a funcionarios y empleados públicos de menor jerarquía en la Administración Pública”.

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