Médicos interponen recurso a CNSS por limitar prueba PCR a solo una por año

Médicos interponen recurso a CNSS por limitar prueba PCR a solo una por año

La decisión del Gobierno la comunicó el Ministerio Salud


El Colegio Médico Dominicano (CMD) presentó ayer un recurso que objeta y pide revertir la decisión oficial de autorizar solo una prueba al año PCR para la detección de la covid-19.
El recurso fue interpuesto ante el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS).

El recurso de apelación jerárquico es en contra de la resolución administrativa número 00237-2021, que limita a los afiliados de las aseguradoras de salud privadas a una sola prueba de PCR gratis al año.

El documento fue presentado por directivos del CMD y sus abogados en la sede del CNSS. El origen del documento emana del Ministerio de Salud y posteriormente la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) evacuó la referida resolución. Salud Pública emitió recientemente un nuevo protocolo para la realización de las pruebas PCR, la que queda condicionada a una prueba de antígeno, en cualquier circunstancia. Sin embargo, la prueba ideal para la detección sigue siendo la PCR, consideran expertos.

El doctor Waldo Ariel Suero, presidente del CMD, aseguró que la resolución de la Sisalril es un grave daño a la población en medio de una pandemia de covid-19 que afecta al país.
Suero dijo que todos los dominicanos desde que empezó la pandemia, habían podido realizarse más de una prueba, con el debido protocolo.

«La indicada resolución condiciona la realización la prueba PCR, a la prueba antigénica, que hay que pagar para realizarla, y con los recursos del paciente, lo que implica una negación perniciosa a los servicios de salud, sobre todo para aquellas personas de escasos recursos que no tienen con qué hacerse la de antígeno, menos la PCR».

Para los médicos, limitar las pruebas, en momentos en que se está en aumento de los casos de covid-19 viola el derecho fundamental a la salud de los dominicanos. El recurso interpuesto por el gremio médico se fundamenta en el artículo 22, literal q) de la Ley número. 87-01 y los artículos 47 y 54 de la Ley número. 107-13, que regula los derechos y deberes de las personas en sus relaciones con la Administración Pública y de procedimiento administrativo, se puede verificar.

Establece que las decisiones o resoluciones que emita la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales pueden ser recurridas mediante un recurso jerárquico por ante el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS).

El presidente del CMD, dijo que mediante ese recurso están protegiendo un derecho de la población.

Deploró que esa medida se adopte cuando el contagio de la covid continúa en aumento en el país. Para Suero, el Gobierno no puede darse el lujo de violar los derechos fundamentales de la salud, contemplados en la Constitución y Ley General de Salud y todas las normativas sanitarias.

ZOOM

Deplorable
El presidente del CMD deploró que haya que hacerse la prueba antigénica y pagarla con los recursos de los pacientes, lo que a su juicio significa una negación perniciosa a los servicios de salud, sobre todo a las personas de escasos recursos.
Es su deber
En momentos de tragedia siempre el Estado está para proteger los derechos fundamentales de las personas, dijo el presidente del CMD, al depositar el recurso ante las máximas autoridades del Consejo de la Seguridad Social. El tema causa incertidumbre.

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