Las menores de 16 y 17 años podrán volver a abortar en España sin necesidad de consentimiento paterno, en virtud de un cambio legal que este jueves superó en el Parlamento español un trámite esencial antes de su aprobación final.
La obligatoriedad del consentimiento de los padres fue eliminada en una ley de 2010 durante el Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero, pero fue reestrablecida en 2015 con el conservador Mariano Rajoy y ahora el Ejecutivo de izquierda que preside Pedro Sánchez promueve el volverla a suprimir.
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El Congreso de los Diputados, Cámara baja del Parlamento, aprobó el proyecto de ley sobre el aborto presentado por el Ejecutivo de coalición que integran el partido socialista PSOE y la formación de izquierda Unidas Podemos, con el rechazo de la oposición de derechas, por lo que proseguirá su tramitación en el Senado.
La ministra de Igualdad, Irene Montero, calificó esta aprobación como “un paso muy importante” para garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en España “en un contexto de ofensiva reaccionaria” en el mundo.
Montero destacó que se recupera el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo para chicas de 16 y 17 años sin necesidad de permiso paterno, mientras que en caso de discrepancia entre una menor de 16 años y quien deba autorizar que se someta a un aborto resolverá la autoridad judicial con “carácter urgente” y las instituciones públicas no apoyarán a asociaciones “provida».
El Consejo General del Poder Judicial, órgano de gobierno de los jueces en España, ha observado que la Constitución del país establece que los progenitores deben asistir a sus hijos hasta su mayoría de edad a los 18 años, con lo que advierte que eliminar el permiso paterno puede dificultar el ejercicio de la patria potestad.
La futura ley garantiza que las mujeres puedan abortar en el hospital público más cercano a su domicilio, facilita el acceso a anticonceptivos de última generación, procura educación afectivo sexual en las escuelas y fomenta la implicación de los hombres en la prevención de embarazos no deseados.
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Además de eliminar los tres días de reflexión obligatorios antes de someterse a un aborto y la práctica ahora habitual de informar a la mujer sobre recursos a los que puede acudir si decide no abortar, como ayudas a la maternidad.
También prevé bajas laborales temporales de preparto en la semana 39 y por menstruación incapacitante e impide a médicos objetores participar en comités clínicos que deciden sobre los abortos a partir de las 22 semanas.
Estos comités no tendrán la última palabra desde la semana 22, sino que la paciente podrá “recurrir en vía jurisdiccional” su decisión en caso de no estar de acuerdo.
La reforma considera la gestación subrogada como una forma de violencia contra las mujeres, al igual que la esterilización, la anticoncepción y el aborto forzosos, y prohíbe la publicidad de agencias que gestionen vientres de alquiler en el extranjero, pues en España esta práctica no es legal.